CONTROL FISCAL

ARCA pone la lupa sobre transferencias: qué montos se controlan desde agosto

A partir de agosto, ARCA exige a bancos y billeteras virtuales informar movimientos.

Redacción Nuevo Día
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) definió los nuevos umbrales de control fiscal. Toda transferencia, extracción, saldo o movimiento en billeteras virtuales por encima de determinados montos deberá ser informada. La medida impacta tanto en personas físicas como jurídicas.

Desde agosto, el límite para transferencias bancarias y billeteras virtuales pasó a $50 millones para personas físicas y $30 millones para jurídicas. Antes, el umbral era de apenas $2 millones para particulares. 

Transferencias, extracciones y saldos: los nuevos topes de ARCA

Los montos que superen los límites establecidos podrían generar alertas, reteniendo fondos hasta que se justifique su origen. Algunos de los nuevos umbrales son:

  • Transferencias/acreditaciones: $50 millones (personas físicas) y $30 millones (jurídicas).

  • Extracciones en efectivo: $10 millones para ambos casos.

  • Saldos bancarios a fin de mes: $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas).

  • Plazos fijos: $100 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas).

  • Compras como consumidor final: se elevan a $10 millones para cualquier medio de pago.

  • Pagos: se informarán desde los $50 millones (físicas) y $30 millones (jurídicas).

ARCA remarcó que el objetivo es mejorar la trazabilidad de los fondos y evitar maniobras de evasión o lavado de dinero. 

Qué documentación puede pedir ARCA y cómo actuar si se bloquea una transferencia

Cuando una operación supera los montos y se genera una alerta, el banco o la fintech puede retener el dinero hasta recibir comprobantes que validen su legalidad. Entre los documentos que pueden solicitar están:

  • Contratos de compraventa o boletas de pago.

  • Facturas emitidas (monotributo o régimen general).

  • Recibos de sueldo o haberes jubilatorios.

  • Certificados de origen de fondos, firmados por contador público.

  • Constancia de inscripción en AFIP o en el régimen correspondiente.

Si una transferencia es bloqueada, se recomienda responder con rapidez al requerimiento del banco y nunca fraccionar montos para eludir controles. En caso de no justificar el origen, ARCA puede emitir sanciones, bloquear cuentas y derivar el caso a la UIF.

"Si el dinero tiene un origen legítimo, no debería haber problema, pero la documentación debe respaldarlo", explicaron desde el organismo.(IProfesional)

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