ARCA: qué transferencias controla en 2026
ARCA fija en febrero 2026 los montos desde los que bancos y billeteras informan transferencias y movimientos relevantes.
En febrero de 2026, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene vigentes los topes a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deben reportar movimientos de sus clientes. Se trata de transferencias, acreditaciones, extracciones, saldos y otras operaciones consideradas relevantes.
El objetivo del organismo es reforzar los controles fiscales y verificar que los fondos tengan un origen lícito. Los límites aplican tanto a personas físicas como jurídicas, con diferencias según el tipo de operación.
Montos de transferencias y movimientos que controla ARCA
Para febrero de 2026, los umbrales que activan el deber de información automática son los siguientes:
-
Transferencias o acreditaciones: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
-
Extracciones en efectivo: $10.000.000 para ambos casos.
-
Saldos bancarios al último día del mes: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
-
Plazos fijos: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
-
Billeteras virtuales (transferencias y acreditaciones): $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
-
Tenencias en sociedades de bolsa: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
-
Compras como consumidor final: hasta $10.000.000 sin requerimientos adicionales de información.
-
Pagos: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
Desde el entorno tributario recuerdan que estos montos corresponden al deber de información de las entidades financieras. "Cada banco puede aplicar controles internos adicionales si detecta movimientos inusuales", explican especialistas en materia impositiva.
Qué puede pedir ARCA ante una transferencia sospechosa
Cuando ARCA detecta una transferencia significativa sin justificación clara, puede iniciar un requerimiento formal de información. En esos casos, se solicitan comprobantes que respalden el origen de los fondos.
Entre la documentación habitual se encuentran facturas emitidas, recibos de honorarios, boletos de compraventa de inmuebles o vehículos, contratos de préstamo declarados o certificaciones contables. "El objetivo es comprobar que el contribuyente esté al día y que los fondos tengan respaldo legal", señalan desde el ámbito fiscal.
Además, los sujetos obligados deben informar:
-
Tipo y número de cuenta.
-
CVU.
-
Identificación de los titulares e integrantes.
-
Montos totales de ingresos y egresos.
-
Saldo final mensual al último día hábil.
Si el dinero no puede justificarse, la operación podría quedar retenida o derivar en sanciones.
Qué hacer si el banco bloquea una transferencia
En caso de que una entidad financiera retenga una operación, es clave actuar con rapidez. El primer paso es presentar la documentación solicitada por el banco para acreditar el origen de los fondos.
También se recomienda avisar previamente si se espera recibir una suma elevada. "Fraccionar una operación grande en varias transferencias pequeñas puede generar más alertas y demoras", advierten especialistas.
Es importante remarcar que, aunque ARCA fija los montos desde los cuales los bancos deben informar, cada entidad aplica sus propias políticas de "Conozca a su Cliente" y puede exigir justificaciones por cifras menores si la operatoria no coincide con el perfil del usuario.

