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Aumenta la Prestación por Desempleo: los nuevos montos

La Prestación por Desempleo que liquida ANSES tendrá aumentos escalonados hasta abril de 2027. El beneficio contempla montos mínimos y máximos vinculados al Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Redacción Nuevo Día
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La Prestación por Desempleo que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tendrá una actualización escalonada entre septiembre de 2026 y abril de 2027. El aumento está vinculado con la actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que pasará de $383.800 en septiembre a $437.000 en abril.

El beneficio está destinado a trabajadores que perdieron su empleo en determinadas condiciones y contempla un monto equivalente al 75% del mejor sueldo neto, normal y habitual percibido durante los últimos seis meses del vínculo laboral.

Sin embargo, existen límites: la prestación no puede ser inferior al 50% del salario mínimo vigente ni superar el 100% de ese valor.

Cuánto se cobrará por la Prestación por Desempleo

La actualización establece nuevos pisos y topes para cada mes. En septiembre de 2026, con un salario mínimo de $383.800, la prestación tendrá un mínimo de $191.900 y un máximo de $383.800.

La escala continuará de la siguiente manera:

  • Octubre de 2026: entre $195.600 y $391.200.
  • Noviembre de 2026: entre $199.400 y $398.800.
  • Diciembre de 2026: entre $203.200 y $406.400.
  • Enero de 2027: entre $207.100 y $414.200.
  • Febrero de 2027: entre $211.000 y $422.000.
  • Marzo de 2027: entre $214.800 y $429.600.
  • Abril de 2027: entre $218.500 y $437.000.

De esta manera, el esquema contempla aumentos progresivos tanto en el monto mínimo como en el máximo de la prestación.

Cuáles son los requisitos para acceder

Los trabajadores comprendidos por la Ley de Contrato de Trabajo deben acreditar una situación legal de desempleo provocada por un despido involuntario, la quiebra del empleador o la finalización del contrato.

Para los trabajadores permanentes se requiere contar con al menos seis meses de aportes con cotizaciones durante los tres años anteriores al cese laboral. En el caso del personal eventual o de temporada, se exige haber trabajado durante más de 12 meses dentro de ese mismo período.

La duración del beneficio depende de la cantidad de aportes realizados. Quienes hayan aportado entre seis y 11 meses reciben dos cuotas, mientras que quienes superen los 36 meses pueden acceder hasta un máximo de 12 cuotas mensuales.

Además, las personas beneficiarias mayores de 45 años tienen derecho a solicitar automáticamente una extensión de seis meses adicionales.

Cómo se tramita la Prestación por Desempleo

El trámite debe iniciarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la finalización de la relación laboral. Para realizarlo se debe presentar el Documento Nacional de Identidad y documentación que permita acreditar el despido, como la carta documento, el telegrama o el acta de conciliación.

El cumplimiento de ese plazo es importante porque los días de demora que excedan los 90 días hábiles se descuentan de la cantidad total de cuotas que corresponde cobrar.(IProfesional)

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