¿Cómo cambia la evaluación de incapacidades laborales en Argentina ?
El Gobierno nacional aprobó un nuevo sistema para evaluar incapacidades laborales, que regirá desde febrero de 2026 en todo el país.
El Gobierno nacional oficializó este martes el decreto 549/2025 que modifica profundamente el sistema de evaluación del daño físico o psíquico derivado de accidentes o enfermedades laborales. La nueva normativa, que comenzará a regir desde febrero de 2026, sustituye a un esquema que llevaba casi tres décadas vigente en la legislación argentina.
Firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, el decreto redefine cómo se calcula la incapacidad laboral permanente y busca establecer criterios médicos y técnicos unificados en todo el país.
¿Qué es el Baremo laboral y qué reemplaza?
El nuevo sistema se basa en una Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales, también conocida como Baremo laboral. Esta tabla fija un método estandarizado para valorar secuelas físicas o psíquicas derivadas del trabajo.
El nuevo Baremo reemplaza al Anexo I del Decreto 659/1996, que estaba en vigencia desde hace casi 30 años y que, según el Ejecutivo, ya no reflejaba los avances científicos, médicos y tecnológicos disponibles. "La reforma busca procesos más justos, objetivos y predecibles", destaca el decreto en sus considerandos.
A partir de febrero de 2026, todos los casos de incapacidad que no hayan sido resueltos antes de esa fecha deberán regirse por esta nueva tabla.
¿Cómo se calcularán las incapacidades con el nuevo sistema?
La nueva normativa propone una metodología porcentual objetiva, basada en tres ejes clave:
Evaluación médica detallada por sistemas del cuerpo
El anexo del decreto incluye criterios y porcentajes precisos según el sistema corporal afectado. Entre ellos se encuentran:
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Piel
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Sistema osteoarticular (huesos y articulaciones)
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Sistema nervioso y psiquiatría
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Oftalmología (visión)
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Otorrinolaringología (audición, nariz, garganta)
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Cardiovascular, digestivo, respiratorio y nefro-urológico
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Aparato genital masculino y femenino
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Sistema hematopoyético, infectología, toxicología y oncología
Cada lesión o patología tiene un porcentaje asignado de incapacidad, eliminando los rangos abiertos y la discrecionalidad en la interpretación médica.
Factores de ponderación
El porcentaje final de incapacidad también se ajusta con variables como:
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Edad del trabajador
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Tipo de tarea habitual que realizaba
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Posibilidad de reubicación laboral
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Dificultad para realizar sus tareas (leve: 5%, intermedia: 10%, alta: 20%)
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Porcentaje adicional por edad (entre 2% y 5%)
Esto permite obtener un diagnóstico final que refleje mejor el impacto real en la vida laboral del trabajador.
Casos prácticos
Un ejemplo incluido en el anexo: un trabajador de 22 años con fractura de húmero derecho sin secuelas funcionales obtiene una incapacidad del 9,12% tras aplicar los factores de ponderación.
También se establecen reglas para secuelas preexistentes o múltiples lesiones en una misma zona anatómica.
¿Qué otras novedades incluye la nueva normativa?
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Homogeneización nacional: se invita a las provincias a integrar Cuerpos Médicos Forenses que utilicen los mismos criterios en todo el país.
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Prohibición de estudios invasivos: no podrán exigirse estudios médicos que impliquen riesgos al paciente para justificar una evaluación.
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Tablas reconocidas internacionalmente: para visión se usan las Tablas de Sená, y para audición, la tabla AAO 1979 homologada por la AMA 1984.
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Actualización científica: el Baremo fue elaborado por un equipo interdisciplinario de médicos, psicólogos y otros expertos de la salud.
Además, el decreto fue aprobado por unanimidad en el Comité Consultivo Permanente de la Ley de Riesgos del Trabajo, lo que refuerza su legitimidad técnica.
¿Por qué es importante este cambio?
Desde hace años, sindicatos, aseguradoras y organismos judiciales reclamaban una actualización del sistema de evaluación de incapacidades laborales. El uso de una tabla desactualizada generaba disputas legales, arbitrariedades y demoras, lo que perjudicaba tanto a trabajadores como a empleadores.
Con este cambio, el Gobierno busca:
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Evitar fallos contradictorios entre provincias
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Unificar criterios médicos
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Reducir litigios
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Agilizar trámites ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y las ART
¿Desde cuándo es obligatoria?
La nueva tabla comenzará a regir a partir de febrero de 2026, es decir, 180 días corridos desde su publicación oficial.
Todos los casos sin resolución definitiva antes de esa fecha deberán ser evaluados con este nuevo Baremo.(IProfesional)