¿Cuánto dinero puedo transferir sin que ARCA me investigue? Lo que hay que saber
ARCA (ex AFIP) endureció los controles sobre movimientos de dinero entre cuentas propias y a través de billeteras virtuales. Transferencias mayores a $600.000 o saldos superiores a $1.000.000 pueden ser fiscalizados si no se justifican debidamente. Qué documentación puede exigir el organismo.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el organismo que reemplazó a la AFIP en algunas funciones fiscales y aduaneras, reforzó en marzo de 2025 sus controles sobre transferencias bancarias y movimientos en billeteras virtuales. Aunque transferir dinero entre cuentas propias es una operación habitual, ciertos montos y faltas de justificación pueden poner a los usuarios bajo supervisión.
¿Qué montos revisa ARCA?
De acuerdo con los umbrales vigentes, estas son las cifras clave que pueden activar alertas de fiscalización:
Transferencias entre cuentas propias mayores a $600.000.
Saldos mensuales iguales o superiores a $1.000.000.
Operaciones en billeteras virtuales (como Mercado Pago, Ualá o Naranja X) por más de $2.000.000.
Si los montos superan esos límites y no hay una justificación clara del origen de los fondos, ARCA puede solicitar información adicional o realizar inspecciones.
¿Qué puede pasar si no se justifican los fondos?
En casos donde el usuario no presenta documentación válida en los plazos estipulados, los bancos o fintechs pueden generar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF). Esto puede derivar en una investigación más amplia, incluso si el movimiento fue entre cuentas del mismo titular.
¿Qué documentación puede pedir ARCA?
Para justificar el origen de los fondos, ARCA puede requerir:
Boletas de compra o venta de bienes.
Comprobantes de venta de acciones o participaciones en empresas.
Recibos de sueldo, haberes jubilatorios o declaraciones juradas.
Facturación mensual (para monotributistas o responsables inscriptos).
Constancia de inscripción en el monotributo.
Certificados contables firmados por profesionales matriculados.
¿Cuánto se puede transferir sin riesgo de fiscalización?
En marzo de 2025, las transferencias entre cuentas propias menores a $600.000 no suelen generar inconvenientes, siempre que se trate de operaciones habituales y consistentes con el perfil del contribuyente. No obstante, la acumulación de operaciones o saldos altos sin respaldo puede activar controles automáticos.
Para evitar problemas, especialistas recomiendan mantener registros de toda operación, especialmente cuando involucra montos elevados, inversiones, préstamos, ventas o ingresos no regulares.
En un contexto de mayor digitalización y fiscalización cruzada, la trazabilidad de los fondos es clave para no quedar bajo la lupa de ARCA. (Fuente: El Diario Nuevo Día)