¿Cuánto podés transferir sin que ARCA investigue tus cuentas en julio?
La ex AFIP ya definió los montos que activan investigaciones por movimientos bancarios y virtuales desde julio 2025.
ARCA, el organismo que reemplazó a la AFIP, publicó los nuevos montos que desde julio 2025 activarán alertas y posibles investigaciones sobre transferencias bancarias, acreditaciones, plazos fijos, billeteras virtuales y más.
Los nuevos umbrales fueron definidos con el objetivo de reforzar los controles sobre el lavado de dinero y el origen de fondos. Desde el mes próximo, los movimientos que superen los siguientes montos quedarán bajo la lupa:
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Transferencias o acreditaciones: $50 millones (personas físicas), $30 millones (personas jurídicas).
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Extracciones en efectivo: $10 millones para ambos casos.
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Saldos bancarios: $50 millones (personas físicas), $30 millones (personas jurídicas).
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Plazos fijos: $100 millones (personas físicas), $30 millones (personas jurídicas).
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Billeteras virtuales: mismos topes que las transferencias bancarias.
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Tenencias en sociedades de bolsa: también $100 millones (físicas), $30 millones (jurídicas).
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Compras como consumidor final: hasta $10 millones sin requerimientos adicionales.
Qué errores evitar para no quedar bajo investigación de ARCA
ARCA también detalló los errores más frecuentes que pueden generar una investigación fiscal. Entre ellos se destacan:
"Transferir montos que superan los topes sin justificación clara o no responder a los pedidos del banco puede derivar en un Reporte de Operación Sospechosa (ROS)", indicaron desde el organismo.
Otro punto clave es contar con documentación respaldatoria, incluso en transferencias entre cuentas propias. La falta de respuesta a requerimientos por parte de entidades financieras o billeteras virtuales puede activar un bloqueo de cuentas y congelamiento de saldos.
Qué documentación puede exigir ARCA ante movimientos sospechosos
En caso de que una operación dispare una alerta, ARCA podrá iniciar una investigación solicitando:
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Boletas de compra-venta.
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Recibos de sueldo o comprobantes de haberes.
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Constancia de monotributo.
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Facturación de los últimos meses.
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Documentación de venta de bienes o acciones.
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Certificado de fondos de contador público.
Los bancos y billeteras están obligados a reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Información Financiera (UIF), que puede requerir documentación adicional si se reciben fondos de gran volumen sin respaldo.
En caso de no poder justificar el origen legal del dinero, ARCA puede iniciar un proceso de intimación formal.(IProfesional)