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Cuota alimentaria 2025: monto mínimo para diciembre en Argentina

El INDEC fijó el costo de criar a un hijo en octubre y determina el piso teórico que la Justicia toma para definir la cuota mínima.

Redacción Nuevo Día
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En Argentina, la cuota alimentaria es un derecho básico de niñas, niños y adolescentes y, ante la inflación, surge una pregunta clave: ¿cuál es el monto mínimo que debería pagar un progenitor en diciembre de 2025?
Los valores oficiales del INDEC sobre la Canasta de Crianza permiten estimar un piso de referencia que muchos juzgados utilizan para garantizar el interés superior del menor. 

La Canasta de Crianza del INDEC: el piso teórico que miran los jueces

Según la valorización mensual publicada por el INDEC correspondiente a octubre de 2025, criar a un hijo de entre 6 y 12 años cuesta $557.173, siendo el tramo más elevado del esquema oficial.
Estos montos surgen de la combinación del costo de bienes y servicios esenciales y del tiempo de cuidado valorizado según el trabajo del personal de casas particulares.

En cada franja etaria, los valores totales quedaron así:

  • Menores de 1 año: $441.173

  • De 1 a 3 años: $524.597

  • De 4 a 5 años: $443.020

  • De 6 a 12 años: $557.173

Un profesional del fuero de familia explicó que "los jueces suelen considerar estos valores como un piso indispensable para asegurar una crianza adecuada, aunque cada caso se analiza en función de los ingresos y la capacidad del progenitor obligado", remarcaron fuentes consultadas.

Estos números sirven como referencia para diciembre 2025, aunque pueden ajustarse según paritarias, variación de ingresos o necesidad del menor en cada situación particular. 

Cómo se calcula la cuota y qué medidas se aplican ante el incumplimiento

En la práctica judicial, la cuota alimentaria suele fijarse como porcentaje del ingreso del progenitor no conviviente, generalmente entre 20% y 30% por cada hijo, sin tope legal. La evaluación incluye las necesidades de los menores, los ingresos de ambos progenitores, el nivel de vida previo a la separación y el régimen de cuidado.

Una abogada de familia consultada señaló: "La actualización automática es habitual y se vincula con aumentos salariales, aguinaldo o cambios en la facturación del obligado", una práctica creciente en los tribunales de todo el país.

Cuando un progenitor no cumple, los juzgados pueden aplicar medidas firmes amparadas en el Código Civil y Comercial:

  • Embargos y retención directa de haberes

  • Prohibición de salida del país

  • Suspensión de licencia de conducir

  • Inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos

  • Bloqueo de servicios digitales

  • Arresto domiciliario en casos graves

En los últimos años, los tribunales ampliaron estas acciones. En Rosario, por ejemplo, se ordenó bloquear redes sociales a un deudor, mientras que en Córdoba se dispuso la suspensión de celular y licencia de conducir para forzar el pago. En La Rioja, incluso, un hombre cumplió 72 horas de arresto domiciliario por una deuda acumulada. 

Edad hasta la cual corresponde pagar y qué pasa si no hay trabajo registrado

La obligación alimentaria se extiende hasta los 21 años, y puede llegar hasta los 25 si la hija o hijo sigue estudiando y no tiene ingresos suficientes. En casos de discapacidad, no existe límite de edad.

Cuando el progenitor no cuenta con empleo formal, la Justicia igual fija un monto. Entre las alternativas, se contempla:

  • Cuotas definidas como porcentaje del Salario Mínimo

  • Aportes en especie complementados con dinero

  • Responsabilidad de los abuelos en situaciones extremas, si tienen capacidad económica

Especialistas advierten que el incumplimiento también constituye violencia económica, una forma de violencia de género que afecta sobre todo a mujeres que afrontan solas la crianza.

El sistema judicial dispone de múltiples mecanismos para garantizar el derecho de los menores, aunque es clave que quien sufre el incumplimiento impulse el reclamo para activar los procedimientos.(IProfesional)

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