DNU que limita el derecho a huelga: Un juzgado dio lugar al amparo presentado por ATE
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3, dió lugar al amparo presentado por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), y suspendió provisoriamente los efectos del artículo 2 del DNU 340/25, que limitan el derecho a la huelga para los empleados de la Administración Pública. El titular del gremio, Rodolfo Aguiar, celebró la victoria jurídica y afirmó que es un «golpe para un Gobierno antidemocrático y un avance trascendental para todos los trabajadores».
El Gobierno recibió un nuevo revés judicial tras el fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3 que dio lugar el día de hoy a la acción de amparo presentada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) contra el Decreto 340/25, que restringe el derecho a la huelga para los empleados de la Administración Pública.
La jueza nacional Moira Fullana no solo dio curso al amparo, sino que también hizo lugar a la medida cautelar peticionada por el sindicato estatal, suspendiendo provisoriamente los efectos del artículo 3° del mencionado DNU.
El secretario general de ATE , Rodolfo Aguiar, celebró la decisión judicial y remarcó que, «nos querían hacer retroceder un siglo en materia de derechos laborales y no pudieron» y afirmó que el fallo «es un golpe para un Gobierno antidemocrático y un avance trascendental para todos los trabajadores". También enfatizó en la importancia de la resolución y llamó a los estatales a «seguir profundizando nuestro plan de acción. La batalla es en la calle, es judicial y es cultural", arengó.
El gremialista calificó al decreto como «manifiestamente inconstitucional», argumentando que «el derecho de huelga es el derecho humano fundamental que tenemos los trabajadores». Aguiar añadió que esta resolución «comprueba que tenemos un Gobierno que todos los días ataca la institucionalidad en nuestro país y reduce los espacios democráticos en los que debiéramos convivir", apuntó.
Desde el sindicato, destacaron el trabajo del equipo jurídico de ATE, que «no dudó en ningún momento y reaccionó a tiempo para defender en el plano judicial uno de nuestros principales derechos", indicaron.
La jueza Fullana fundamentó su decisión en dos puntos clave. Por un lado, consideró que el Congreso Nacional se encuentra en sesiones ordinarias, lo que elimina la «necesidad, urgencia o una situación grave de perturbación económica, social o política» que justifique la reglamentación de un derecho fundamental vía DNU.
Por otro lado, la magistrada encontró acreditado el «peligro en la demora», ya que el decreto podría «conculcar el ejercicio de los derechos derivados de la libertad sindical, es decir el derecho de huelga», los cuales cuentan con «la más amplia garantía legal y supralegal (en el plano internacional)».
La resolución contra el DNU 340/25, se suma al falló conseguido por la CGT el día de hoy, que había solicitado la "suspensión provisoria" del decreto. Además la central obrera también pidió que se dicte la invalidez constitucional de los artículos 2 y 3 del DNU.
Fuente: Mundo Gremial