Salud Pública

El Gobierno libera el mercado de vapeadores y crea un registro obligatorio para controlarlos

El Gobierno nacional habilitó la comercialización de vapeadores y productos de nicotina mediante una nueva regulación aprobada por el Ministerio de Salud. La medida reemplaza la prohibición previa por un sistema de registro, control y fiscalización en todo el país. La decisión se tomó ante el aumento del consumo, especialmente en adolescentes, y busca establecer estándares sanitarios y limitar el acceso a menores.

Redacción Nuevo Día
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El Gobierno nacional oficializó un nuevo marco regulatorio para vapeadores, cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina, a través de la Resolución 549/2026 publicada en el Boletín Oficial. La normativa deja atrás el esquema de prohibición y avanza hacia un sistema de control con registro obligatorio.

Desde el Ministerio de Salud explicaron que la decisión apunta a establecer estándares mínimos de calidad y seguridad sanitaria. "La medida tiene como objetivo reemplazar el esquema de prohibición vigente por un sistema de registro, control y fiscalización específico", señalaron.

El cambio responde, además, a un dato clave: la prohibición no logró frenar el acceso ni el consumo. Según cifras recientes, estos implementos alcanzaron una prevalencia del 35,5% en adolescentes durante el último año.


El nuevo marco establece que vapeadores, dispositivos de tabaco calentado y líquidos para vaporización serán considerados productos de tabaco, por lo que deberán cumplir con la Ley N° 26.687.

Entre las principales medidas, se destaca la obligación de incluir advertencias sanitarias en los envases y la prohibición de diseños atractivos para menores. También se restringen los sabores: solo estarán permitidos aquellos con gusto a tabaco, y en el caso de las bolsas de nicotina, también mentol.

En este contexto, desde la cartera sanitaria remarcaron que "se prohíben expresamente los cigarrillos electrónicos desechables con soluciones precargadas", al considerarlos uno de los formatos más utilizados para la iniciación juvenil.

Registro obligatorio y control del mercado

La normativa crea el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina (RNPTN), que permitirá clasificar los productos y monitorear su impacto en la salud pública. Las empresas deberán inscribir cada producto, presentar información técnica y renovar su autorización cada cinco años.

Además, tendrán que informar datos sobre ventas y consumo por edad, con el objetivo de reforzar la vigilancia sanitaria. "Aquellos productos que no estén contemplados no podrán ser importados ni comercializados", advirtieron desde el organismo.

El Gobierno sostuvo que esta actualización fortalece la capacidad de fiscalización del Estado y busca reducir los riesgos asociados al consumo, especialmente en jóvenes. "A través de herramientas de registro, trazabilidad y vigilancia sanitaria, se apunta a prevenir el acceso de menores y combatir la comercialización ilegal", concluyeron.

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