ELECCIONES LEGISLATIVAS

Elecciones 2025: cuánto cuesta la multa por no votar y cómo hacer el trámite de justificación

Tras las elecciones legislativas nacionales de este domingo, muchos electores se preguntan qué ocurre si no asistieron a votar.

Redacción Nuevo Día
Redacción Nuevo Día
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De acuerdo con el Artículo 125 del Código Electoral Nacional, la multa por no haber votado en las elecciones legislativas 2025 varía entre $50 y $500, dependiendo del historial de infracciones del votante.

Los valores son los siguientes:

  • Primera infracción: $50

  • Segunda infracción: $100

  • Tercera infracción: $200

  • Cuarta infracción: $400

  • Quinta o más infracciones: $500

Estas sanciones se aplican a los ciudadanos mayores de 18 y menores de 70 años que no hayan justificado su ausencia dentro de los 60 días posteriores al acto electoral. Quienes no lo hagan quedarán incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar.  

Cómo justificar la inasistencia

Los electores que no hayan podido votar tienen 60 días hábiles para justificar su ausencia. El trámite puede hacerse de forma digital en el Registro de Infractores (disponible en infractores.padron.gob.ar) cargando los documentos que respalden el motivo.

Según la normativa, las causas válidas incluyen:

  • Enfermedad o imposibilidad física, acreditada con certificado médico oficial.

  • Residencia o traslado a más de 500 kilómetros del lugar de votación, con constancia policial emitida el mismo día de los comicios.

  • Cumplimiento de funciones laborales indispensables, con documentación respaldatoria del empleador.

  • Desempeño como fiscal o personal electoral en otra mesa o distrito, acreditado con la certificación correspondiente.

Una vez aceptada la justificación, el ciudadano queda exento de la multa y se elimina su registro como infractor. 

Quiénes están exceptuados de votar

No todos los electores están obligados a asistir a las urnas. El voto es optativo para:

  • Jóvenes de 16 y 17 años.

  • Mayores de 70 años.

  • Ciudadanos argentinos residentes en el extranjero.

Tampoco están obligados a votar:

  • Jueces y auxiliares que deban cumplir funciones durante la elección.

  • Personas privadas de libertad condenadas por delitos dolosos.

  • Ciudadanos que se encuentren fuera del país o a más de 500 km de su domicilio. 

Cómo saber si figurás como infractor

Para verificar si figurás en el registro, podés ingresar al sitio infractores.padron.gob.ar y completar el formulario con tu número de DNI, género y distrito electoral.

En caso de aparecer en el listado, se puede pagar la multa en línea mediante medios electrónicos habilitados. Una vez procesado el pago o aprobada la justificación, la Justicia Electoral regulariza la situación del ciudadano. 

Dato útil: quienes hayan extraviado o perdido el DNI no pueden votar con constancia de trámite. En esos casos, deben justificar su ausencia con la denuncia policial correspondiente dentro del plazo de 60 días.(Infobae)

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