Una tabacalera fue condenada a indemnizar con cinco millones de pesos a un hombre que sufrió un infarto por fumar durante 33 años
Un juez civil dijo que fue una de las causas de la enfermedad cardíaca que la víctima padeció en 2013. Los argumentos de su decisión.
La tabacalera British American Tabacco Argentina fue condenada a indemnizar con cinco millones de pesos a un hombre que sufrió un infarto después de fumar durante 33 años. Un juez civil estableció que una de las causas de la obstrucción en el corazón se debió al cigarrillo y que la empresa debía responder por eso.
“No solo nos encontramos frente a una víctima que ha sufrido un daño indemnizable, sino a un dañador que reconoce expresamente que los productos que comercializa resultan nocivos para la salud de los usuarios”, sostuvo el juez civil de primera instancia Fernando Cesari en su resolución a la que accedió Infobae.
La historia es la de Hugo Baldassare, de 54 años, ex profesor de educación física. Contó que comenzó a fumar en 1979, cuando tenía 13 años, cigarrillos Parisiennes, de la tabacalera Nobleza Picardo que luego fue comprada por British American Tabacco Argentina. A los 16, ya fumaba más 35 cigarrillos por día. El 6 de marzo de 2013, a los 46, tuvo un infarto de miocardio por el que le colocaron dos stent y que le provocó una incapacidad permanente del 30% de su corazón. Por el infarto, tuvo que dejar su emprendimiento de alquiler de máquinas de café a partir del esfuerzo físico que le significaba. Desde entonces dejó de fumar.
En su demanda por daños y perjuicios, en la que es representado por el abogado Osmar Domínguez, Baldassare sostuvo que cuando empezó a fumar las tabacaleras asociaban el consumo de cigarrillos a una “imagen moderna, agradable y saludable del género masculino” y que no advertían de su perjuicio a la salud ni de su adicción. Recién lo hicieron en 1986 con la ley 23.344 que obliga a poner en los atados la leyenda “El fumar es perjudicial para la salud”, pero para entonces ya había caído en la adicción al cigarrillo. Así, entendió que la empresa tuvo responsabilidad en su infarto y reclamó una indemnización de 8.980.200 pesos.
British American Tabacco pidió que la demanda se rechace. Sus abogados explicaron la industria del tabaco es lícita y regulada por el estado y que fumar es una decisión libre y voluntaria de cada persona que conoce los riesgos para la salud que eso implica. Sobre la publicidad explicaron que es para competir con otras marcas que están en el mercado. También resaltaron que se debía analizar la vida de Baldassare para determinar si otros motivos no fueron los que pudieron causar el infarto, además del cigarrillo. Sí los abogados admitieron los problemas de salud que provoca el tabaquismo y la dificultad para dejarlo.
El juez explicó que el caso se debía resolver bajo la ley 24.240 de Defensa del Consumidor que en su artículo 40 establece que “si el daño al consumidor resulta del vicio o defecto de la cosa o de la prestación del servicio, responderá el productor, el fabricante, el importador, el distribuidor, el proveedor, el vendedor y quien haya puesto su marca en la cosa o servicio”. Es decir, si el cigarrillo provoca un perjuicio, la tabacalera es la responsable. “Sólo se liberará total o parcialmente quien demuestre que la causa del daño le ha sido ajena”, agrega la legislación.