Casación anuló una multimillonaria fianza impuesta a Martín Báez para darle domiciliaria

La Cámara Federal de Casación anuló la fianza de más de 531 millones de pesos fijada a Martín Báez al concederle el arresto domiciliario en la causa por lavado de dinero en la que fue condenado a 9 años de cárcel y ordenó al Tribunal Oral Federal 4 dictar una nueva resolución.

El máximo tribunal penal federal del país hizo lugar a una apelación de la defensa del hijo mayor del también condenado Lázaro Báez y anuló la caución real de 531.437.500 millones de pesos que el 15 de marzo pasado le fijó el Tribunal Oral Federal 4, al darle la prisión domiciliaria, según el fallo al que tuvo acceso Télam.



La decisión fue de la sala IV de Casación integrada por Angela Ledesma, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, quienes ordenaron al Tribunal que estuvo a cargo del juicio a los Báez realizar una audiencia entre todas las partes antes de volver a resolver sobre la fianza y dictar "una resolución conforme a derecho".



Martín Báez sigue detenido en la cárcel de Ezeiza y su defensa argumenta que no puede hacer frente a ese monto para acceder a la prisión domiciliaria con monitoreo electrónico, ya que tiene todos sus bienes embargados.



La decisión de otorgar domiciliaria no fue apelada por la fiscalía ni las querellas, ante lo cual se encuentra firme pero no pudo concretarse porque no se depositó la caución.



"El tribunal no explicó los motivos que lo llevaron a fijar el monto de la caución real impuesta a Martín Antonio Báez", sostuvo la Cámara.



Además, el fiscal ante Casación Javier De Luca cuestionó el elevado monto fijado y señaló que "la argumentación con la que el tribunal determinó el monto de la caución real impuesta a Martín Antonio Báez está “al filo de la violación de la garantía contra la autoincriminación forzada".



El TOF4 exigió que "se deposite un dinero que se reputa mal habido, como garantía de la libertad durante el proceso, es decir, de alguien que todavía es jurídicamente inocente y cuyo aporte implicaría un reconocimiento de su posesión, confundiendo así la naturaleza del objeto de la medida cautelar con el del fondo de la causa”, agregó De Luca.



La defensa de Báez argumentó que el monto equivalente a 5,5 millones de dólares al tipo de cambio oficial, "era arbitrario y no consideraba la situación patrimonial de su asistido".



"En ese sentido, expuso que su defendido carece de una situación patrimonial que le permita cumplir con tal requisito en tanto se encuentra embargado, como así también lo están sus familiares y las sociedades que integra", se recordó en el fallo.



La condena a 9 años de prisión resuelta el 24 de febrero pasado por el Tribunal al término del juicio por lavado de activos agravado no está firme porque puede ser apelada ante Casación.



Martín Báez está detenido desde hace dos años por orden del Tribunal y tiene dos hijos de corta edad, algo que también se mencionó en el fallo.



La decisión de imponer la caución el 15 de marzo fue de los jueces del TOF4 Néstor Costabel y Adriana Palliotti, mientras que en minoría la tercera jueza Gabriela López Iñiguez se pronunció por caución juratoria y prohibición de salida del país. (Télam)


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