Quiénes quedan exceptuados del confinamiento anunciado por el gobierno nacional

Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, transporte y trabajadores esenciales siguen en actividad.



Si bien el presidente Alberto Fernández detalló este jueves las nuevas restricciones ante el avance de la pandemia de coronavirus, queda un listado de exceptuados en esta fase 1, hasta fin de mes.



No deberán cumplir con las restricciones el personal de Salud, de Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, de la actividad migratoria, del servicio meteorológico nacional, los bomberos y el control de tráfico aéreo.



También están exceptuadas las autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.



Son parte del listado el personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.



También el personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.



Las personas que deban asistir a otras con discapacidad también estarán exceptuadas tanto como los familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.



Las personas que deban atender una situación de fuerza mayor, las afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones y las que atienden comedores escolares, comunitarios y merenderos, son parte de la excepción.



Además el personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos y el afectado a obra pública.



Los supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, podrán seguir funcionando tanto como las farmacias, ferreterías, veterinarias y comercios de provisión de garrafas.



También estarán exceptuadas las industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; las de higiene personal y limpieza; las de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.



Las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca. Las actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales y las impostergables vinculadas con el comercio exterior.



La recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos continuarán en actividad, tanto como el mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones) y la atención de emergencias.



Están exceptuados el transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP; el reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad y los servicios de lavandería.



Y por último, deberán continuar sus actividades en el marco del listado de lso exceptuados los servicios postales y de distribución de paquetería, los servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.


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