Aumento en el monotributo ¿Cuánto se paga por categoría y facturación?

El impacto será distinto según el segmento en el que está inscripto el contribuyente.

Desde el 1° de enero, todos los parámetros del Monotributo, o Régimen Simplificado, deben actualizarse. Ese aumento, que se da en los montos máximos de facturación, escalas y cuotas, se rige por la ley de movilidad, la misma que para los jubilados y otras asignaciones que paga la ANSES.



Así, los topes y cuotas deberían subir 72,6% desde la tabla vigente a principios de 2022. Pero a mediados de año se hizo una modificación por ley de “alivio fiscal” a los pequeños contribuyentes, lo que complica más los cálculos, dado que a los contribuyentes de las categorías más bajas se subió el monto máximo de facturación en 60%, mientras para otros fue inferior y la categoría más alta llegó al 29%.



Por estos días, en el Gobierno definen el mecanismo para “salvar” ese desajuste que impulsó la alta inflación y la consecuente necesidad de los trabajadores independientes de facturar por montos mayores a los establecidos en el Régimen del Monotributo.



La opción que corre con ventaja en el tramo final del año es mantener ese “alivio”, una de las banderas del ministro de Economía, Sergio Massa, para los contribuyentes de las categorías más bajas, donde están encuadrados la mayoría de los monotributistas.



Así, por el aumento por movilidad de septiembre y diciembre, que fue de 33,55%, las categorías más bajas (A, B y C) subirían cerca de 114% en la comparación interanual, mientras la D subiría en torno a 93% y el resto (de la E a la K) lo harían en 72,6%.



De esa manera, las categorías más bajas le ganarían a la inflación esperada para el año, cercana al 100%, mientras el resto quedarán por debajo.



 

Cómo quedarán las escalas

Con la nueva tabla de topes de facturación, categorías y cuotas mensuales a pagar del Monotributo, que la AFIP actualizará en el primer día del nuevo año, el máximo de ingresos para permanecer en el Régimen Simplificado será de poco más de $5,6 millones para la categoría H, la máxima para los servicios, y de $8 millones para la categoría K, de venta de cosas muebles.




  • Categoría A: pasa de los actuales $748.382,07 a $999.464, unos $83.300 por mes.

  • Categoría B: pasa de los $1.112.459,83 actuales a $1.485.690,10;

  • Categoría C: pasa de $1.557.443,75 a $2.074.966,13;

  • Categoría D: pasa de $1.934.273,04 a $2.583.221,59;

  • Categoría E: el límite de facturación pasa de $2.277.684,56; a $3.044.674,36;

  • Categoría F: la facturación anual pasa de $2.847.105,70 a $3.805.842,44;

  • Categoría G: de $3.416.526,83 a $4.567.011,55;

  • Categoría H: de $$4.229.985,60 a $5.654.396,24;

  • Categoría I: $4.734.330,03 a $6.328.573,14;

  • Categoría J: desde $5.425.770,00 a $7.252.849,30;

  • Categoría K: el tope máximo pasará de $6.019.594,89 a $8.046.639,39.



Con la nueva tabla todos los monotributistas tendrán que realizar la primera recategorización del año, que vence el 21 de enero, a fin de confirmar o cambiar (hacia arriba o hacia abajo) su categoría, de acuerdo con el nivel de facturación alcanzado en este 2021.



 

Cuánto habrá que pagar de cuota mensual

El aumento fijado de manera anual por AFIP de los parámetros del Régimen Simplificado también alcanza a la cuota mensual que los pequeños contribuyentes deberán pagar por el impuesto integrado y los aportes previsionales y a la obra social.



En julio, se actualizó el monto de facturación, pero no las cuotas a pagar por mes, con lo cual es de esperar que aumenten por el indicador de movilidad, 72,6%. Así, desde enero, deberán abonar los siguientes montos en total:




  • Categoría A: $5754,89, tanto los que venden bienes y como los que ofrecen servicios.

  • Categoría B: $6435,03 para todos los pequeños contribuyentes de esta escala.

  • Categoría C: $7356,04 para servicios y $7232,04 para la venta de productos.

  • Categoría D: $8674,80 para servicios y $4979,94 los que venden productos.

  • Categoría E: $11.394,55 (servicios) y $10.246,48 venta de cosas muebles

  • Categoría F: $13.638,95 para los servicios y para los que venden productos, $11,781,54.

  • Categoría G: $15,908,13 para servicios y $13.414,49 para los productos.

  • Categoría H: para servicios (la última escala permitida) $27.813,92. Mientras, los que venden bienes, $23,207,10.

  • Categoría I: La cuota mensual será de $33.360,21.

  • Categoría J: Será de $38.313,09 por mes.

  • Categoría K: La cuota mensual queda en $43.305,56 para 2022.



A esos valores hay que sumarle un extra en los montos de la obra social, que aumentarán, según determinó el Presupuesto 2023, de manera progresiva de $3000 a $10.000 según la categoría.



Las categorías A, B y C no tendrán cambios en los aportes, pero las más altas sí: entre la D y la K habrá un alza en el aporte a la obra social que impactará fuertemente en la cuota final de los contribuyentes.


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