Promulgaron la Ley nacional de Alivio a Monotributistas

La medida, que empezará a regir a partir de este mes, actualiza la facturación de los monotributistas para evitar que tengan que cambiar de categoría y pagar mayores cuotas, además aumenta las deducciones de ganancias que pagan los empleados inscriptos en la categoría de autónomos.

Fue otra de las fotos de un lunes agitado. El presidente Alberto Fernández se mostró en Casa Rosada con el titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, después de la designación de Silvina Batakis en Economía.



Fue para firmar la promulgación de la Ley de Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes y Autónomos, que beneficiará a 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos, y que fue impulsada por Massa.



El mandatario firmó el decreto de promulgación, tras el encuentro con el presidente de la Cámara y los diputados Germán Martínez, jefe del bloque del Frente de Todos, Cecilia Moreau, Paula Penacca, Leandro Santoro, Eduardo Valdes y Tanya Bertoldi.



Las nuevas categorías para los monotributistas



La medida, que empezará a regir a partir de este mes, actualiza la facturación de los monotributistas para evitar que tengan que cambiar de categoría y pagar mayores cuotas, además aumenta las deducciones de ganancias que pagan los empleados inscriptos en la categoría de autónomos.



La recategorización semestral se habilitará del 11 al 29 de julio, en tanto que el vencimiento del pago de la obligación mensual se extenderá al 27 de julio. La ampliación de los límites de facturación máxima por categoría del monotributo tiene una orientación progresiva, que privilegia a las personas registradas en las categorías más bajas al permitirles poder facturar hasta un 60% más.



Los montos máximos para cada categoría serán:



Categoría A: ingreso bruto anual hasta $ 748.382,07

Categoría B: ingreso bruto anual hasta $ 1.112.459,83

Categoría C: ingreso bruto anual hasta $ 1.557.443,75

Categoría D: ingreso bruto anual hasta $ 1.934.273,04

Categoría E: ingreso bruto anual hasta $ 2.277.684,56

Categoría F: ingreso bruto anual hasta $ 2.847.105,70

Categoría G: ingreso bruto anual hasta $ 3.416.526,83

Categoría H: ingreso bruto anual hasta $ 4.229.985,60

Categoría I: ingreso bruto anual hasta $ 4.734.330,03

Categoría J: ingreso bruto anual hasta $ 5.425.770,00

Categoría K: ingreso bruto anual hasta $ 6.019.594,89



En ese sentido, la norma prevé la exención del componente impositivo para 1,7 millones de personas registradas en las categorías A y B que no perciban otro ingreso (por ejemplo, no tener un trabajo en relación de dependencia ni cobran una jubilación).



Aumento de las deducciones para autónomos



Por otra parte, el Alivio Fiscal también incluye el aumento de las deducciones de las y los trabajadores autónomos que pagan el Impuesto a las Ganancias. La ley incrementó de 2 a 2,5 veces la deducción especial y, de esta forma, permite reducir la carga tributaria, beneficiando a los trabajadores con ingresos de hasta $8 millones que concentran el 95% de los autónomos alcanzados por el tributo.



La norma, impulsada por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, consiguió sanción legislativa por unanimidad el último jueves en el Senado y de la misma manera fue aprobada el 15 de junio en la Cámara Baja.



Fuente: Mundo Gremial 


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