Se retira de la Ley Ómnibus el artículo que limitaba las reuniones de más de tres personas en espacios públicos
El gobierno de Milei estipulaba que las reuniones de más de tres personas en espacios públicos debían ser notificadas 48 horas antes de su realización. Se dio marcha atrás porque era confuso.
La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, anunció este miércoles en la Cámara de Diputados que el Gobierno decidió retirar de la ley de "Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" -conocida como Ley Ómnibus- la obligación de pedir permiso a las autoridades para la realización de reuniones de tres o más personas en espacios públicos.
"Les vengo a decir que es nuestro objetivo retirar ese artículo directamente porque está suficientemente explicado en otros", explicó la funcionaria sobre el polémico artículo 331 que para la oposición representaba un grave peligro que lesionaba el legítimo y constitucional derecho a la protesta", dijo al comienzo de su alocución.
"Al haberse generado una confusión pensamos que es mejorar retirarlo. Dénlo por retirado", sostuvo Bullrich, que aclaró que se trataba de un asunto ya regulado por la Ley de Tránsito.
La ministra Patricia Bullrich destacó que se apunta a dotar de mayor tranquilidad y protección a los agentes de fuerzas de seguridad, para que no sientan que por hacer su trabajo pueden quedar presos.
"Al haberse interpretado de otra manera, mejor retirarlo directamente", insistió al participar de un plenario de comisiones en la Cámara de Diputados donde se trata la ley ómnibus.
A través del artículo 331 del proyecto, el Gobierno definía a la reunión o manifestación como una "congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público".
Según estaba estipulado en la Ley Ómnibus, estas reuniones o manifestaciones debían ser notificadas al menos 48 horas antes de su realización ante Ministerio de Seguridad, que se guardaría la potestad de autorizar o rechazar la convocatoria.
En el pedido debían figurar las características de la manifestación, los datos de la persona u organización que la convoca especificando "nombres y datos personales", la finalidad, el recorrido de la marcha, el tiempo de duración y la cantidad estimada de participantes.