Otro fallo contra el Gobierno nacional por un DNU que modificó un organismo
La Justicia suspendió por seis meses los cambios impulsados por el Gobierno en el INTI.
El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de San Martín N.º 2 hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y ordenó al Estado Nacional abstenerse de ejecutar actos administrativos derivados del Decreto 462/2025, que preveía una reestructuración del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
DNU que modificó el INTI: qué dice el fallo
La jueza Martina Isabel Forns dictó la medida cautelar de no innovar, con una vigencia de seis meses, con el objetivo de "evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo".
El fallo prohíbe expresamente al Gobierno avanzar con reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad o supresión de estructuras vinculadas al organismo, en tanto puedan derivar de la aplicación del decreto mencionado.
Entre los fundamentos jurídicos destacados, la jueza consideró que:
- Se verifican los requisitos procesales para la medida cautelar: verosimilitud del derecho y peligro en la demora.
- El INTI es una entidad autárquica creada por Decreto-Ley 17.138/57 con funciones estratégicas en desarrollo tecnológico e industrial.
- El artículo 7 de la Ley de Contrato de Trabajo y los convenios colectivos vigentes (en particular, el CCT N.º 109/07) garantizan condiciones laborales que no pueden ser modificadas unilateralmente por la administración.
- Los artículos 73 y 74 del decreto imponen condiciones que subordinan los derechos laborales del personal del INTI a decisiones discrecionales de la Secretaría de Transformación del Estado.
- El decreto podría vulnerar convenios internacionales de la OIT con jerarquía constitucional (n.º 87, 98 y 151), en relación a la estabilidad laboral y la negociación colectiva.
- El decreto produce un riesgo concreto e inminente de despidos o alteraciones en las condiciones de trabajo, lo cual compromete derechos con carácter alimentario y exige una respuesta judicial preventiva.
El alcance de la reforma y el planteo del sindicato
El Decreto 462/2025, impulsado por el Poder Ejecutivo, proponía convertir al INTI en una "unidad organizativa dependiente" de la Secretaría de Industria y Comercio, suprimiendo su autarquía, su estructura directiva y su personería jurídica. También establecía que todos los ingresos propios del instituto (tasas, aranceles, patentes, etc.) serían transferidos al Tesoro Nacional.
ATE argumentó que esa reforma configuraría una disolución encubierta, contraria a la ley de creación del organismo y a su rol estratégico en el entramado productivo nacional. En su presentación, el gremio denunció una "desviación de poder", falta de habilitación legal y una regresividad institucional que pondría en riesgo la continuidad de funciones esenciales del INTI y los derechos laborales de su personal.
Reacciones tras el fallo
Luego de conocida la decisión judicial, el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, celebró el fallo y afirmó en su cuenta de X (ex Twitter): "La Justicia volvió a dar la razón a ATE y frena el cierre del INTI".
También expresó críticas a la gestión nacional, reafirmando la intención del gremio de seguir impugnando decretos que, a su entender, afectan derechos laborales y organismos públicos estratégicos.(IProfesional)