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Paso a paso: cómo recategorizarse en el Monotributo sin errores

ARCA abrió la recategorización del Monotributo 2026, que vence el 5 de febrero y define la cuota mensual para los próximos seis meses.

Redacción Nuevo Día
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el proceso de recategorización del Monotributo correspondiente a 2026. El trámite impacta directamente en el monto mensual que los contribuyentes deberán abonar durante el próximo semestre, tras la actualización de topes y valores de referencia.

El tributarista Sebastián Domínguez detalló siete aspectos clave que los monotributistas deben tener en cuenta para realizar el procedimiento correctamente y evitar sanciones.

Quiénes deben recategorizarse y hasta cuándo

No todos los monotributistas están obligados a realizar el trámite. Según explicó Domínguez, "no todos tienen que hacer el trámite, solamente las personas que deben recategorizarse según los parámetros que les correspondan". La obligación depende de si hubo cambios en los ingresos u otros parámetros fiscales durante el último período.

El plazo para completar la recategorización vence el 5 de febrero. Aquellos contribuyentes que deban modificar su categoría y no lo hagan dentro del período establecido podrían enfrentar inconvenientes con ARCA.

Cómo hacer el trámite y qué ingresos se toman

El procedimiento se realiza de manera online, ingresando al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal. Allí, el sistema muestra la categoría actual y los topes vigentes. Luego, se debe informar el monto facturado en los últimos 12 meses, confirmar la nueva categoría y descargar la credencial actualizada.

Domínguez remarcó un punto central al momento de calcular los ingresos: "Para la recategorización se deben considerar los ingresos devengados, no los efectivamente cobrados". Es decir, se computa el período en el que se prestó el servicio o se realizó la operación, aunque la factura se haya emitido o cobrado con posterioridad.

Sanciones, errores frecuentes y nuevos valores

En cuanto a las sanciones, el especialista aclaró que si el contribuyente debía bajar de categoría y no lo hizo, no se aplica penalidad. Sin embargo, si correspondía subir de categoría y no se cumplió con el trámite, ARCA puede aplicar multas de hasta el 50% del impuesto integrado y del aporte jubilatorio, además de recategorizar de oficio.

Entre los errores más comunes, Domínguez mencionó la falta de anualización correcta de ingresos cuando no se completaron los 12 meses de actividad, la confusión entre ingresos cobrados y devengados, y la omisión de otros parámetros además de la facturación. También aclaró que quienes iniciaron actividad recientemente, por ejemplo a mediados de julio, no deben recategorizarse.

Desde febrero de 2026, las cuotas mensuales del Monotributo quedaron establecidas de la siguiente manera:

  • Categoría A: $42.386,74

  • Categoría B: $48.250,78

  • Categoría C: $56.501,85 (servicios) / $55.227,06 (bienes)

  • Categoría D: $72.414,10 (servicios) / $70.661,26 (bienes)

  • Categoría E: $102.537,97 (servicios) / $92.658,35 (bienes)

  • Categoría F: $129.045,32 (servicios) / $111.198,27 (bienes)

  • Categoría G: $197.108,23 (servicios) / $135.918,34 (bienes)

  • Categoría H: $447.346,93 (servicios) / $272.063,40 (bienes)

  • Categoría I: $824.802,26 (servicios) / $406.512,05 (bienes)

  • Categoría J: $999.007,65 (servicios) / $497.059,41 (bienes)

  • Categoría K: $1.381.687,90 (servicios) / $600.879,51 (bienes)

La recategorización resulta clave dentro del régimen simplificado, ya que define el importe a pagar durante seis meses y prevé sanciones ante incumplimientos. ARCA habilitó el trámite tras aplicar un ajuste del 14,28%, en línea con la inflación del segundo semestre de 2025.

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