Memorándum con Irán: la DAIA apeló el sobreseimiento a Cristina Kirchner

La Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas y un grupo de familiares de las víctimas reclamaron anular el fallo y avanzar con el juicio a Cristina Kirchner.



La Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA) y un grupo de familiares de las víctimas del ataque a la AMIA apelaron este domingo la decisión de sobreseer a la vicepresidenta Cristina Kirchner y a otros acusados en el marco de la causa que investiga si existió un plan de encubrimiento para los iraníes sospechados de haber volado la mutual judía.



Las querellas reclamaron que la Cámara Federal de Casación Penal anule y/o revoque la decisión del Tribunal Oral Federal 8 que frenó el avance de la causa del Memorándum con Irán hacia el juicio oral por inexistencia de delito. Puntualmente solicitan que, con otros jueces, se lleve a todos los acusados al banquillo.



Aquel acuerdo rubricado por el gobierno kirchnerista en 2013 tenía como finalidad interrogar a los iraníes acusados por la Justicia de la Argentina de haber participado en el atentado contra la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) en 1994.



El 7 de octubre, los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado, integrantes del TOF N° 8, firmaron el sobreseimiento de todos los imputados, al considerar que el pacto entre Argentina e Irán se trató de una "decisión política" y que no existió delito. De esta manera, desestimaron la denuncia realizada por el fallecido fiscal Alberto Nisman.



Entre los funcionarios acusados, además de la vicepresidenta, figuran en el expediente el procurador del Tesoro, Carlos Zannini; el viceministro de Justicia, Juan Martín Mena; el actual senador Oscar Parrilli; el ministro de Desarrollo de la Comunidad de la provincia de Buenos Aires, Andrés "Cuervo" Larroque; y el referente piquetero Luis D´Elía, entre otros.



Este domingo, vía electrónica, la DAIA presentó la apelación a esa decisión judicial -horas antes de que venciera el plazo para realizar el trámite- ante la Sala I del Tribunal de Casación.



“El Código Procesal Penal de la Nación fue implícitamente derogado por el tribunal”, sostuvo la DAIA en su apelación. No solo por la habilitación de las audiencias sino por la valoración de la prueba ya existente que derivó en los sobreseimientos por entender que la firma del Memorándum no fue un delito.



“No puede considerarse una ‘cuestión política no justiciable’ la suscripción de un Memorándum de Entendimiento, que según la acusación, tenía como finalidad el encubrimiento de los acusados en un atentado terrorista. Tal plan criminal –de probarse en juicio obvio- no podría quedar exento de responsabilidad penal, pues no sería una simple decisión de “política internacional’. En modo alguno puede considerarse una decisión política ‘válida’ y ‘no justiciable’ la de encubrir a los sindicados como responsables de un atentado terrorista”.



“Sres. Jueces, no se les está solicitando que analicen el acierto o desacierto de la firma del Memorándum o de la ley que lo aprobó (la cual resultó inconstitucional), sino si existió o no el plan criminal que surge del requerimiento de juicio, circunstancia que inevitablemente debe decidirse luego de un juicio oral y público”, se añadió en el escrito.



Por su parte, los familiares de las víctimas de AMIA que se presentaron en este caso también apelaron el fallo dictado por el TOF 7.



Fuente: Con información de Perfil e Infobae


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