Devolución Del Iva

Devolución del IVA: qué dice el proyecto que tiene media sanción en Diputados

La iniciativa impulsada por el Gobierno obtuvo en la Cámara Baja 134 votos a favor y ninguno en contra. Los principales puntos de la norma que ya fue enviada al Senado para su tratamiento y sanción.

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley que busca darle darle continuidad al programa de devolución del IVA que reintegra el 21% de las compras de productos de la canasta básica para sectores con menores ingresos.



En el recinto, la iniciativa -impulsada por el ministro de Economía y candidato presidencial, Sergio Massa- obtuvo 134 votos a favor y ninguno en contra, ya que el interbloque Juntos por el Cambio y otras bancas optaron por abstenerse al considerar que se trataba de una política “inflacionaria”.



El programa “Compre sin IVA” tiene vigencia hasta el 31 de diciembre, está destinado a jubilados, monotributistas y trabajadores registrados con salarios que no superen el piso desde el que se paga el Impuesto a las Ganancias (15 salarios mínimos) y devuelve el dinero de la compra de alimentos con tarjeta de débito.



Devolución del IVA: qué dice el proyecto de ley aprobado en Diputados



El proyecto de ley del programa “Compre sin IVA” que obtuvo media sanción en la Cámara baja contiene nueve artículos. Uno de los puntos importantes es la ampliación de medios de pago, como el uso de la tarjeta de crédito.



La iniciativa enviada al Senado contempla la continuidad de la devolución del IVA que ya está funcionando por decreto. Los puntos claves del proyecto de ley:



-El programa “Compre sin IVA” comenzará a regir desde el 1 de enero de 2024;



-El reintegro del 21% se aplicará en compras de alimentos y productos de higiene de la canasta básica;



-Prevé como medios de pago a las tarjetas de débito y crédito; pagos con dinero en cuenta de billeteras virtuales mediante QR.



Los beneficiarios del programa serán:



-Jubilados y trabajadores registrados que no excedan la suma de 6 salarios mínimos;



-Personal de Casas Particulares;



-Monotributistas “puros”;



-Titulares de AUH, AUE, Tarjeta Alimentar, Potenciar Trabajo y de pensiones no contributivas.



-Estarán exentos los autónomos y trabajadores registrados con salarios que superen el piso del Impuesto a las Ganancias.



Para el Poder Ejecutivo, “es esencial que esta medida se complemente con una mayor transparencia y formalidad del sistema, previendo entonces la utilización de medios de pago como tarjetas de débito o crédito, así como la posibilidad de incorporar otras formas de pago”.(TN)


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