Victoria analiza presentar proyecto para excluir a Contreras de la Cámara de Diputados

El proyecto del legislador se encuentra en pleno análisis, a partir de las brutales declaraciones que realizara Contreras esta semana. La misiva está fundamentada en el Artículo 103°  de la Constitución provincial, que faculta a la Legislatura a corregir a cualquiera de sus miembros, entre otras cosas por “indignidad”, sin dejar de lado el deprecio que Contreras mostró por la plena vigencia de la Ley de Trata de Personas.


 


El legislador manifestó su más enérgico repudio a las declaraciones realizadas por el Diputado Rubén Contreras, referidas a su apoyo al ejercicio de la prostitución y desprecio de la condición de mujer.


“Realmente las afirmaciones de Contreras son una aberración, van en contra de la posición que ha tomado el Gobierno Nacional y el espacio con el que él comulga, y no tienen el más mínimo respeto por el ser humano, ya que a las mujeres las ve como objetos para dar placer y a los hombres como unos degenerados que si no ven un prostíbulo salen a violar” opinó.


En este sentido, Victoria elaboró un proyecto, que en su artículo segundo solicita “la exclusión del Diputado Rubén Contreras, por INDIGNIDAD y por incumplimiento a la Ley Nacional  Nº 26.482 en sus Artículos Nº 2,  Nº 21 y  Nº 22”.


Es que, el articulo Nº 21 de la Ley Nacional Nº 26.482 establece que aquel que “promoviere o facilitare la prostitución de una persona será penado con prisión de cuatro (4) a seis (6) años de prisión, aunque mediare el consentimiento de la víctima.” 


Son publicas las declaraciones del Diputado Rubén Contreras, el que se manifestó a favor de la apertura de prostíbulos en la Provincia, dichos que sostuvo con otros argumentos de la mas baja eslora.


Pero la Ley anti trata impulsada por el Gobierno Nacional precisa, en su articulo segundo que “Se entiende por trata de personas el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países”.


 


La iniciativa 


 


Pero la iniciativa de Victoria no es meramente declamativa, ya que es facultad de la Cámara de Diputados, en virtud de la independencia que le es propia en uso de sus atribuciones, actuar con prudencia y mantener el recato imprescindible para preservar esa facultad de defender al colectivo.


Es por ello, que, entre sus argumentos, muchos de ellos basados en jurisprudencia, el Diputado por Municipio de Puerto Santa Cruz se apoya en la propia Constitución Provincial, que en su artículo 103° claramente indica: “La Cámara dictará su reglamento y podrá por dos tercios de votos de los presentes en sesión, corregir a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en su función y aún excluirlo por indignidad o inhabilidad física o mental sobreviniente a su incorporación, en estos últimos casos con dos tercios de votos del total de sus miembros, bastando simple mayoría para aceptar las renuncias que hicieren a sus cargos”.


Es mas, el proyecto pone como ejemplo un caso similar que fue el resuelto el 17 de abril de 1991, cuando se excluyó al Diputado Ángel Luque del seno de la Cámara de Diputados de la Nación por indignidad.


El dictamen de la comisión reconocía que se encontraba incurso en el articulo 66 y que la facultad de la Cámara para tomar las medidas que considere convenientes “es innegable como poder independiente que está obligado tanto a mantener su decoro en la firme observancia de su dignidad y honor, como a defender la imagen que el cuerpo transmite a la opinión publica”, fue uno de los argumentos de los que se valieron sus pares.


Vale mencionar que, la iniciativa de Victoria no es caprichosa, el audio del programa radial donde Contreras dijo esta sarta de agravios hacia la mujer, fue presentado ante la Unidad de Asistencia para la Investigación de Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (UFASE). En tanto que, el Consejo Provincial del Partido Justicialista de Santa Cruz demandó también su inmediata renuncia y destitución.

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