En Deuda

Las denuncias de Prades contra la gestión de Córdoba son sólo mediáticas

El actual intendente de Caleta Olivia realizó diferentes denuncias en los medios sobre la gestión de José Manuel Córdoba, pero hasta ahora ninguna de ellas se realizó de forma legal ante la justicia, despertando la polémica en la zona note de Santa Cruz.


Principio humildemente por señalar, a modo de breve introducción complementaria, que como bien se sabe, el encubrimiento es un delito que atenta directamente contra el bien jurídico, ocultando, impidiendo, perturbando o entorpeciendo el accionar de la Justicia. También imputar la comisión de ilícito penal (delito o falta), pero no presentar la denuncia y sus pruebas, el promotor de ella, quedaría encuadrado ante una falta a la verdad o lo hace con un temerario desprecio a la misma.-



Venimos observando hace meses que, el Intendente Facundo Prades solo realiza denuncias mediáticas y, hasta el momento, no existe una sola presentación formal-legal ante la Justicia de aplicación sobre comisiones de delitos cometidos por las gestiones anteriores (Córdoba – Cotillo) que dice Prades tener pruebas; En ese sentido, solo se observan las siguientes alternativas, o al abogado de Prades se le rompió el teclado; existe connivencia con preacuerdos oscuros entre los actores involucrados; falta temerariamente a la verdad, o bien, encubre u oculta pruebas para que no se inculpen a los autores o partícipes de aquellos delitos que se los acusa "mediáticamente”.-



Estando a las puertas del mes de abril, el Intendente Prades no dio noticia a la autoridad competente sobre la comisión de un delito o de una falta, vinculado a las gestiones anteriores, solo se dedicó a realizar publicaciones en diferentes medios de lo que supuestamente habría pasado anteriormente y, también de lo que eventualmente haría ante los estrados judiciales. Hasta el momento, no se impetro denuncia alguna, en suma mucho ruido y pocas nueces…



En los casos de corrupción, esos que ocurren a pocas cuadras del Gorosito, no ha corrido sangre ni está la pobreza como factor desencadenante. Pero se han cometido delitos graves, pues ha desaparecido dinero del Estado, de la comunidad, y se ha minado la confianza en las instituciones públicas y, de paso, en entes que deben ser los pilares de la democracia. No es bueno desear a esos corruptos los horrores, la inhumanidad de los peores rincones de nuestras cárceles, pero es humano pedir castigo ejemplar y severo.-



La peor corrupción es la ineficiencia del Estado. El Intendente Prades, debería seguir el ejemplo del funcionario de Chipre que recientemente se denunció así mismo, por no hacer absolutamente nada en su puesto de trabajo, y aun así cobra. ("En mi opinión, el estado ahorraría dinero si me permitiera quedarme en mi casa y me enviaran el sueldo, ya que al menos no habría gastos en el funcionamiento de la oficina  iluminación y calefacción”. Marios Dhrousiotis Funcionario de Chipre).-



Ahora bien, supongamos que el Intendente Prades, tenga las supuestas pruebas que vinculan a ex funcionarios de gestiones anteriores pero no las presenta, tal actitud podría encuadrarse como delito de encubrimiento y/u obstrucción a la Justicia. Recordemos que, el encubridor no debe de haber intervenido en el delito ni como autor ni como cómplice. El accionar del encubrimiento para la justicia, se ve perturbado por quienes pretenden que el delito no sea descubierto.-



Existen tres conductas encubridoras: A) Auxiliando a los autores o cómplices para que se beneficien del provecho, producto o precio del delito, sin ánimo de lucro propio; B) Favorecimiento real, ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento; C) Favorecimiento personal, ayudando a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o de sus agentes, o a sustraerse a su busca o captura. Siendo ello así, cabe preguntarse  ¿En cuál de ellas se ajusta la conducta del Intendente Facundo Prades? -



El artículo 277 del Código Penal argentino condena a quien luego de cometido un delito sin su participación no denunciara el delito ("…ayudare, a sus autores o partícipes, a eludir el accionar de la justicia, u ocultare, modificare o hiciere desaparecer rastros o probanzas, o ayudare en estos actos a autores o partícipes, ocultare los objetos del ilícito, los adquiriera o recibiera, o no denunciara el delito, o no individualizara a sus autores o partícipes cuando estuviera a ello obligado, y por último a quien ayudare al autor o cómplices a asegurar el producto o el provecho proveniente del acto delictivo. La pena es de seis meses a tres años...”.-



Las pruebas, que manifiesta el Intendente Prades que obran en su poder y de otras que presentaría, son los diversos medios con los cuales se logra o se persigue lograr el esclarecimiento de la verdad acerca de la comisión de un delito, es decir, acerca de la comprobación del cuerpo del delito. Comprende todos los medios probatorios, pero se hace referencia, en especial, a los materiales. Se incluyen, por lo tanto, documentos, objetos, signos, estado de lugares, aspecto de personas, ubicación o desubicación de efectos del sitio en que debían encontrarse o como fueron dejados después del delito; en fin, cualquier acto que signifique una evidencia, un indicio, una circunstancia, una indicación que pueda ser útil para la demostración, tanto de la existencia de un delito y su autor, como de las circunstancias objetivas y subjetivas que lo han rodeado; asimismo que puedan servir para la determinación del encuadramiento verdadero del delito, de modo que cualquier desaparición, ocultación o alteración pueda conducir a que se altere el reproche penal.-



Culminando con el análisis, me permito sostener que el obrar del Intendente Prades, deja en evidencia a través de su conducta pasiva y/o negativa, ser un "agente encubridor”, brindando cierta ayuda para aquellos actores a los cuales justamente denuncia en diferentes medios, sosteniendo tener pruebas de ilícitos, pero a la vez, permitiendo con esa conducta que, se eluda la investigación de la autoridad, o bien, por su comportamiento negativo consistente en este caso en la omisión de denuncia, remarcando aún más, esa calificación que me atreví a darle como agente encubridor, ya que,  obstaculiza y/u oculta el descubrimiento de la verdad real de los hechos delictivos.-



Al tratar la cuestión pertinente y observando las distintas conductas del Intendente  Facundo Prades que, solo atañen a impetrar denuncias mediáticas y no judiciales, donde con ello, quedan los actos de corrupción y sus actores impunes, donde los ilícitos cometidos quedan en la nada, solo me trae a la memoria, una línea de  Giuseppe Tomasi di Lampedusa de su obra El Gatopardo que reza: "Que todo cambie para que todo siga igual”…



 



JUAN IGNACIO PARADISO



Caleta Olivia



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