Caleta Olivia y la Carta Orgánica: “Una herramienta necesaria y oportuna ”

En la próxima sesión del Honorable Concejo Deliberante se pondrá en consideración y debatirá la sanción del proyecto presentado por el presidente del cuerpo Javier Aybar, donde podría determinarse un hito histórico para nuestra comunidad como lo es la posibilidad de contar con su propia Carta Orgánica.



“En la vida institucional y política de nuestra ciudad no existe un acontecimiento más significativo y con trascendencia jurídica que la sanción de la anhelada Carta Orgánica Municipal”. “Es una herramienta necesaria y oportuna para poder apalear la crisis actual y así llegar a proyectar con nuestros propios recursos la posible auto-sustentabilidad de nuestro municipio” argumento el edil.



Vale remarcar que dentro de la Historia legislativa de nuestro Honorable Cuerpo Deliberante existieron varios antecedentes de proyectos de ordenanzas tenientes a lograr sancionar la tan ansiada Carta Orgánica Municipal, “aunque no han tenido éxito y no han prosperado lamentablemente por mezquindades políticas en sus respectivos momentos”.



“En la situación actual de Caleta Olivia de “falta de autonomía” tanto económica como financiera, hace que sea la Provincia o la Nación, la que determine cuando dar o no crédito y solución a nuestras necesidades de distintas índoles, y lamentablemente hoy no tenemos la posibilidad de responder por nuestros propios medios a nuestras necesidades básicas insatisfechas, y estamos obligados a depender de ambos gobiernos superiores” aseguro el representante del bloque Por Caleta y su Gente.



La Autonomía:



En términos generales la autonomía consiste en la facultad que tiene la autoridad Municipal para darse sus propias normas, elegir sus autoridades y administrarse a sí misma, dentro del marco de su competencia territorial y material. Es decir, es el nivel de gobierno que le permite gobernarse a sí mismo y dictar sus propias normas. En los municipios autónomos, el gobierno municipal tiene una esfera propia de acción, que no le ha sido otorgada por un nivel superior sino que le ha sido reconocida por el poder constituyente.



 



La autonomía municipal plena sienta las bases para que la participación pública sea efectiva y no meramente declarativa y se convierte en un mecanismo para redistribuir el poder en la estructura del Estado.



Estatuyentes:



De tener viabilidad y aprobación por parte de los ediles en la próxima sesión una vez sancionado y promulgado el proyecto, se deberá convocar a la “Honorable Convención Municipal Estatuyente”, la que se reunirá y sesionará en la Sala de Sesiones a designarse por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Caleta Olivia, dentro de los treinta (30) días de proclamados los Convencionales Municipales Estatuyentes por el Tribunal



Electoral Permanente. El voto para la elección de estatuyentes se emitirá por listas, las que deberán contener tantos candidatos como puestos a cubrir.


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