Chubut

Lo condenaron por facilitar material sexual a menores

Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital investigó a Federico Cifuentes. Desde su domicilio en Rawson, 143 archivos con material de abuso sexual infantil entre julio de 2015 y abril de 2022. Al momento del allanamiento, realizado en junio de 2022, se hallaron además 272 imágenes y seis videos de ese contenido almacenados en su computadora personal.

Redacción Nuevo Día
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El Superior Tribunal de Justicia de Chubut confirmó la pena de 4 años de prisión de efectivo cumplimiento para Federico Cifuentes (Rawson) por la facilitación a menores de material con contenido sexual, agravado por tratarse de víctimas menores. El caso se enmarca en la operación: "Luz de Infancia IX" impulsada por la Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital (UFCyED). Se hallaron más de 272 imágenes.

La investigación a cargo de la UFEDyED, determinó que Cifuentes descargó y facilitó, mediante la red P2P eMule desde su domicilio en Rawson, 143 archivos con material de abuso sexual infantil entre julio de 2015 y abril de 2022. Al momento del allanamiento, realizado en junio de 2022, se hallaron además 272 imágenes y seis videos de ese contenido almacenados en su computadora personal.

Conforme la hipotesis presentada por el Fiscal jefe de la UFECyED, Fernando Rivarola y su equipo de profesionales, la jueza Carolina Marín lo condenó en primera instancia en mayo de 2024. La Cámara en lo Penal de Trelew confirmó la autoría y materialidad del hecho y ordenó un reenvío para redeterminar la pena. En octubre de 2024, la jueza María Laura Martini fijó la condena en cuatro años de prisión, que la Cámara confirmó en marzo de 2025. Ante el rechazo, la defensa ejercida por el abogado Romano Cominetti recurrió al STJ.

El Superior Tribunal de Justicia, presidido por el Ministro, Andrés Giacomone e integrado por los Ministros, Javier Raidan, Camila Banfi Saavedra, Ricardo Napolitani, Mario Vivas y Silvia Bustos, resolvió desestimar los dos agravios planteados por la defensa a cargo de Romano Cominetti. Respecto de la materialidad, concluyó que los archivos permanecían disponibles para otros usuarios de la red durante las descargas, conforme al funcionamiento estándar del programa, y que la computadora estaba bajo el control exclusivo del imputado.

Sobre la pena, el STJ consideró que la metodología empleada para componer la escala penal -considerando ambas leyes aplicables al período del delito continuado- fue razonable y no implicó una agravación indebida de la situación del condenado.

Por todo lo expuesto, Federico Segundo Cifuentes fue condenado a cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento. La sentencia quedó firme con el rechazo de la impugnación extraordinaria por parte del Superior Tribunal de Justicia.

Área de Comunicación Institucional del MPF

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