Patagonia: la Justicia autorizó a una niña a quitar el apellido de su padre
Una jueza de Roca autorizó a una niña a quitarse el apellido paterno, tras escuchar su historia de abandono y su deseo de construir una identidad acorde a su vida.
En Roca, una niña que cursa sexto grado obtuvo el respaldo de la Justicia para suplantar el apellido paterno por el de su madre, al que siente como propio. La decisión judicial se basó en el derecho a la identidad y en la falta total de vínculo con su progenitor biológico, a quien no ve desde que tenía cuatro meses.
La niña ya usaba el apellido materno en sus tareas escolares y en su entorno cotidiano. Pero cada boletín o documento oficial traía de nuevo aquel apellido que no la representaba. Junto a su mamá, decidió iniciar el trámite judicial para cerrar esa etapa con el nombre que siente como parte de sí.
La jueza escuchó su historia y autorizó el cambio
La resolución fue dictada por una jueza de Familia de Roca, quien entrevistó personalmente a la niña y evaluó los antecedentes del caso. El hombre nunca se hizo presente en la crianza: vive en Buenos Aires, no cumplió con el régimen de comunicación ni con la cuota alimentaria, y tiene denuncias por llamadas intimidatorias.
"No hay perjuicio para terceros ni para el interés público", señala la sentencia que aplicó el artículo 69 del Código Civil y Comercial, permitiendo el cambio de apellido por «justa causa». La Defensora de Menores también dictaminó a favor, y ni el progenitor ni el Registro Civil presentaron objeciones.
"La identidad es más que un dato registral: abarca lo emocional, lo social y lo cultural", fundamentó la magistrada, reconociendo el valor simbólico y reparador del cambio.
Qué dice la ley y cómo es el proceso para cambiar el apellido
El artículo 69 del Código Civil contempla varios motivos para cambiar el apellido:
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Uso habitual de un seudónimo
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Raigambre étnica, cultural o religiosa
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Afectación de la personalidad, cualquiera sea su causa
En este caso, el apellido paterno generaba malestar e incomodidad, lo cual encuadra en la tercera causa. Según explicó la jueza Paula Fredes en otras resoluciones similares: "No se trata de un capricho, el nombre hiere".
El proceso suele iniciarse con una demanda judicial presentada con patrocinio letrado. Entre las pruebas que pueden respaldar el pedido figuran informes psicológicos, testimonios y evidencias del uso cotidiano del apellido elegido.
Aunque el cambio no altera el vínculo jurídico con el padre ni modifica la filiación, sí transforma la manera en que la persona se nombra y se siente nombrada en la vida diaria.(Diario Río Negro)