El último fallo del Tribunal de Juicio de Río Grande puede reactivar casos de abuso sexual infantil que se consideran prescriptos

El último juicio oral del año en Río Grande tuvo la segunda condena a nivel provincial mas grande en casos de abuso, para un hombre identificado como M.A.S.S. de nacionalidad uruguaya, cuya identidad se debió resguardar precisamente en la preservación  de la identidad de sus víctimas, precisamente sus dos hijas biológicas.



Este hombre fue condenado a 23 años de prisión por innumerables situaciones de abuso sexual contras las hoy jóvenes mayores de edad, quienes padecieron incontables situaciones, una de los 8 a los 15 años y la segunda desde los 4 a los 17.



La numerosa prueba testimonial, las secuelas psicológicas manifestadas en los sólidos testimonios por parte de las propias víctimas en el juicio, no dejaron ningún lugar a dudas respecto del veredicto condenatorio.



Solo una cuestión judicial quedaba por aclarar en los fundamentos que se dieron a conocer en las últimas semanas, y es que precisamente los datos se correspondían en una línea de tiempo entre los años 1996 y 2008/2009. Casi todos prescriptos en el plazo que estima la ley –de 12 años- para la persecución penal de los hechos.



El Tribunal de Juicio compuesto por los Dres. Juan José Varela, Eduardo López y Vanina Cantiani, sentó criterio respecto de esta situación para rechazar el pedido de “prescripción” hecho por la defensa, y que sienta un precedente importante para casos de menores de edad que son denunciados luego de mucho tiempo.



El plazo se prescripción comienza cuando cumplen la mayoría de edad



La triste historia de este caso tiene el cese de los hechos cuando en el seno interno de la familia se dan a conocer los abusos (año 2009) ocasión en el que el imputado es confrontado y sale de la casa, con las chicas aún siendo menores.



Condicionantes económicos llevaron a que la madre no radicara la respectiva denuncia penal, por lo que el tribunal entendió que como “menores” las niñas no tuvieron las mismas condiciones que una persona mayor de acceder a la Justicia, ni nadie que velara por ellas ante la omisión de su madre, a la que se entendía responsable de garantizarles ese derecho.



Las chicas cumplieron la mayoría de edad recién en 2009 y 2012, por lo que se entendió que “el plazo de prescripción de doces años estuvo suspendido” hasta dicho momento en que tuvieron la autonomía como personas mayores de impulsar una denuncia penal. Incluso el tribunal consideró que “posteriormente se interrumpió con el primera llamado a indagatoria formulado el 4 de diciembre de 2020”, por lo que se entendió que los hechos estaban en términos de ser juzgados como efectivamente pasó.



Un antecedente significativo para numerosos casos de abuso sexual infantil similares que, incluso en la etapa primaria de instrucción, se desestiman por el criterio rígido que opera respecto de los plazos de prescripción de los mismos sin contemplar esta situación de las víctimas en situación desventajosa al tratarse precisamente de menores.



 



Resumen Policial


Esta nota habla de:
Más de Regionales

El Calafate: bomberos evitan la caída de un árbol sobre cables de alta tensión

El Calafate: bomberos evitan la caída de un árbol sobre cables de alta tensión
Durante la tarde de este sábado siendo las 16:00 horas en una rápida intervención preventiva, el personal de la División Cuartel Vigésima Primera de El Calafate se movilizó ante un llamado de alerta. La advertencia señalaba que un árbol ubicado en la Avenida Juan Domingo Perón N° 931 corría el riesgo de caer sobre cables de alta tensión.