PROYECTO DE LEY

Una provincia de la Patagonia impedirá que padres deudores alimentarios asistan a recitales

Hasta que no regularicen su situación judicial tendrán prohibido el acceso a espectáculos públicos, eventos deportivos y fiestas populares en Neuquén.

Redacción Nuevo Día
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Los deudores alimentarios morosos -en su abrumadora mayoría padres que no pagan la cuota de sus hijos e hijas- están impedidos de sacar la licencia de conducir, presentarse como candidatos a elecciones y ser titulares de viviendas sociales construidas por la provincia. Ahora se sumará una nueva exclusión: hasta que no regularicen su situación judicial tendrán prohibido el acceso a espectáculos públicos, eventos deportivos y fiestas populares en Neuquén.

La Legislatura establecerá por ley este «derecho de admisión». Ayer el proyecto tuvo despacho unánime de la comisión de Desarrollo Humano y Social, que casi se queda sin quórum para tratarlo. A las 14.05 llegó el octavo voto que se necesitaba de la mano de la diputada del MPN, Patricia Fernández.

Si conserva el envión, la semana próxima podría cosechar los avales que le faltan en Asuntos Constitucionales y en Hacienda. Así estará en condiciones de votarse en el recinto en las sesiones del 3 y 4 de septiembre. Hasta ahora ningún diputado o diputada de la oposición o del oficialismo se opuso.

Su autor, el legislador Francisco Lepore (Avanzar), planteó que no se le puede permitir entrar a un recital a una persona que incumple con sus deberes de cuidado. La iniciativa imita lo que ocurrió en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuando se impedió el ingreso a dos deudores que fueron a ver el recital de Los Piojos.

La prohibición alcanzará también a quienes estén inscriptos en el registro de violencia familiar y de género, que son condenados con sentencia firme, personas que incumplen medidas preventivas urgentes, cautelares o restrictivas y quienes no realicen los tratamientos terapéuticos.

El límite: 200 asistentes 

La autoridad de aplicación será el ministerio de Gobierno, que en coordinación con los municipios, estarán autorizados a realizar los controles.

En cuanto al rol que le cabe a los organizadores de eventos, la ley incluirá a quienes hagan una convocatoria paga superior a las 200 personas (originalmente eran 1.000).

Deberán evitar la venta de entradas a quienes se encuentre inscriptos en los registros; implementar sistemas de verificación que permitan cruzar la información con los datos oficiales, utilizando las herramientas tecnológicas provistas por el Estado provincial; rechazar el acceso a quienes figuren en los registros, informar en la publicidad y en los puntos de venta sobre esta prohibición.

Si infringen la ley recibirán una multa económica equivalente al 10% de la recaudación total del evento, y además podrán ser suspendidos temporalmente para organizar futuros espectáculos en la provincia.

En cuanto a los asistentes la sanción será igual al doble del valor de la entrada más cara del show.

Con estos fondos se financiarán campañas sobre responsabilidad parental y prevención de la violencia de género.(Diario Rio Negro)

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