Situación De La Municipalidad

Intendente Giubetich: “Transparentar y poner en conocimiento a los vecinos sobre el problema real que debe enfrentar el gobierno”

Giubetich declaró Estado de Emergencia económica, financiera, administrativa y patrimonial. El mandatario instrumentó Decreto ad referéndum HCD para recomponer, restaurar y optimizar el recurso municipal.


El
intendente de la ciudad Ing. Roberto Giubetich dio detalles hoy sobre la
situación económica financiera, cuyo estado fue verificado luego de asumir la
gestión.


El
mandatario llegó pasadas las 18 horas al teatro "Héctor Marinero” con los
secretarios de Gobierno Jorge Cruz, el titular de Hacienda Marcelo Fadul, de la
cartera de Obras Públicas y Urbanismo, Rubén Campagnucci y secretario de
Desarrollo Comunitario, Adriel Ramos. El jefe comunal estuvo acompañado por el
presidente del Honorable Concejo Deliberante, Daniel Roquel y el diputado
nacional, Lic. Héctor Roquel.


Antes de dar detalle del Decreto el mandatario
puntualizó las causas que obligan a la actual gestión a tomar una decisión de
estas características con el único objetivo de


recomponer y optimizar los recursos de la Municipalidad de Río
Gallegos.


"La comuna –manifestó Giubetich- sufrió los
últimos 4 años, 3 años y medio una gestión ausente que comprometió seriamente
los destinos de la ciudad, destruyendo el patrimonio municipal, mal gastando el
dinero de los riogalleguenses y endeudando al municipio. Además casi 5 meses de
un gobierno interino que se encargó de realizar obras públicas con dinero que
no contaba – endeudando aun más al municipio-, contrató personal en forma
irregular, y terminó de quebrantar la situación económico financiera de Rio
Gallegos”.


La actual gestión, con Roberto Giubetich como intendente, encontró un
municipio con serios problemas en los aspectos económico y financiero; un
desorden administrativo de grandes proporciones, un listado de bienes
patrimoniales que, a primera vista, tiene gran cantidad de faltantes y un
sobredimensionamiento de la planta de personal municipal que no permite hacer
frente al pago de haberes sin la ayuda económica del Poder Ejecutivo Nacional o
Provincial.



La situación económica, financiera, administrativa y
patrimonial



"Los números hablar por sí solos –resaltó el intendente- y permiten
saber a ciencia cierta la situación que exhibe la municipalidad. Existen
evidentes irregularidades en materia de
administración de los recursos humanos. Hay personas que invocan su condición
de empleado municipal sin el correspondiente instrumento legal”.


"Personal contratado –prosiguió Giubetich- sin los requisitos exigidos
por la legislación vigente; personal irregularmente incorporado en planta
transitoria o permanente por no cumplir con las exigencias establecidas en la
normativa vigente; y recategorizaciones otorgadas sin respetar el Estatuto
Municipal”.


El intendente manifestó que: "Se encontró con un desorden administrativo
generalizado con falta de registros contables legales y actualizados que no permite establecer con razonable certeza
el estado de deuda total de la administración municipal”.


No obstante, Giubetich expuso un relevamiento provisorio que permitió
estimar ese estado: "El monto adeudado en concepto de aportes y contribuciones
a la Caja de
Previsión Social representa una suma
aproximada de novecientos millones de
pesos ($ 900.000.000) y a la Caja de Servicios Sociales la
de trescientos cincuenta millones de pesos ($ 350.000.000) aproximadamente. La
municipalidad debe a la ART
cerca de diez millones de pesos ($ 10.000.000), y al ISPRO, en concepto de
seguro obligatorio, once millones de pesos (11.000.000)”.


En otro tramo de sus declaraciones el intendente de Río Gallegos indicó
que: "La deuda estimada con el personal municipal que se encuentra pendiente de
pago (cuentas judiciales, horas extras, retroactivos en concepto de
actualización de asignaciones familiares, liquidaciones finales, viáticos y
prestaciones personales) asciende aproximadamente a catorce millones de
pesos ($ 14.000.000)”,


"Las obligaciones derivadas de fondos retenidos al personal con la
respectiva autorización para afrontar compromisos, representan una suma de
veintisiete millones de pesos ($ 27.000.000). Existen compromisos asumidos con
proveedores por más de doscientos millones de pesos ($ 200.000.000), que en
varios casos no cuenta con la documentación respaldatoria” remarcó Giubetich.


Sobre la masa salarial Giubetich
expuso que: "En el mes de noviembre de 2015 ascendió a la suma de ciento dos
millones de pesos ($102.000.000,00), mientras que los ingresos de jurisdicción
Nacional, Provincial y Municipal en concepto de coparticipación, regalías e
ingresos propios suman un total aproximadosesenta y un millones de pesos ($ 61.000.000,00), lo que demuestra a las
claras la irresponsabilidad de los últimos 4 años de gobierno, que incrementó considerablemente
el gasto en personal”.


"La municipalidad de Río Gallegos –aseguró el jefe comunal- ha sufrido
una gestión que no respetó los controles mínimos que en materia de administración
pública, tales como ejecuciones presupuestarias y conciliaciones bancarias; lo
que impide efectuar un adecuado control sobre el destino dado a los aportes y/o
convenios con fines específicos suscriptos con el Estado Nacional y Provincial”.


"Una mención especial merecen los procedimientos de contratación de
bienes y servicios por parte de la comuna en los últimos años; como así también
evidentes incumplimientos en los procedimientos de contratación de obras
públicas e incongruencias en los respectivos certificados de avance de las
mismas”.


El intendente hizo referencia al tema de Tierras señalando que: "Se
entregaron tierras fiscales sin los recaudos legales de práctica y en muchos
casos con evidente perjuicio al patrimonio municipal”.


"El listado de bienes que conforman el patrimonio municipal entregado
por la gestión saliente, comparado con el recibido por la actual gestión, tiene
grandes diferencias y serios inconvenientes. El parque automotor se encuentra
en un manifiesto estado de deterioro, sumado a la falta de vehículos retenidos
por proveedores debido a la falta de pago. Esto impide garantizar la prestación
razonable y continua de los servicios básicos”, sostuvo el jefe comunal.


Cabe señalar que en el acto de traspaso celebrado el día 9 de diciembre,
las autoridades salientes no cumplieron con la expresa normativa establecida
por la Acordada Nro.
54/62 del Honorable Tribunal de Cuentas (libros banco, conciliaciones,
extractos bancarios, ejecuciones presupuestarias actualizadas, estado de deuda
conciliado, etc.), para asegurar un elemental contralor de las condiciones de
entrega de todo lo concerniente al patrimonio municipal. Resulta pues indispensable
solicitar que dicho órgano administrativo efectúe una auditoría integral propia
del ámbito de su competencia.



El decreto 2072


La gestión de Pablo Grasso dictó el Decreto 2072 de fecha el 12 de
agosto de 2015, admitiendo expresamente "…la necesidad de enfrentar la crisis
económica, financiera y administrativa, que repercute en la imposibilidad de
siquiera poder cubrir en tiempo propio, con la obligación de pago de haberes a
sus empleados, incumpliendo el Estado Municipal en su responsabilidad y
finalidad intrínseca; debiendo este Departamento Ejecutivo encarar sin dilación
alguna las acciones responsables conducentes a contener el gasto y optimizar
los recursos de modo de obtener una respuesta efectiva frente a la especial
coyuntura económica que atraviesa el municipio…”; y estableciendo, entre otras
medidas, la "SUSPENSION DE DESIGNACION…” de personal; la "RESTRICCION DE HORAS
EXTRAS” del personal de todas las dependencias; la "RESPONSABILIDAD POR
SERVICIOS IRREGULARES”, prohibiendo el ingreso de personal bajo cualquier
circunstancia no prevista en las excepciones establecidas; la "NULIDAD”, de los
actos que contravengan las disposiciones de ese decreto; la restricción de
"ADQUISICION BIENES DE CAPITAL Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS; la prohibición de
locación de inmuebles, la "SUSPENSION DE SUBSIDIOS”, etc..


"Pese haber reconocido la crisis y haber ordenado
la restricción de gastos, la gestión anterior llevó a cabo actos
contradictorios a la norma agravando la
situación estructural de la comuna” consignó Giubetich.



Un decreto para recomponer, restaurar y optimizar los
recursos municipales



La situación descripta reviste una innegable gravedad, que obliga
Departamento Ejecutivo a decretar una medida que busca sanear un municipio que
hereda graves problemas. La medida, según remarcó el intendente, tiene como
objetivo "transparentar y poner en conocimiento a los vecinos sobre el problema
real que debe enfrentar el gobierno”.


Ante la situación, el jefe comunal Roberto Giubetich y su equipo de trabajo
decidió decretar:



ARTICULO 1º DECLARASE el estado de emergencia municipal: en los aspectos
económico, financiero, administrativo y patrimonial. Fíjase el plazo de esta
declaración en ciento ochenta días (180) a partir de la fecha de este
instrumento, prorrogable por acto de este Departamento Ejecutivo por igual
plazo.


ARTICULO 2º SUSPENDANSE por el plazo de duración de la emergencia los
subsidios, las subvenciones y todo otro compromiso del mismo carácter que
directa o indirectamente afecte los recursos del Tesoro Municipal.


ARTICULO 3º ESTABLECESE un régimen de compensación al efecto de
verificar, reconocer y conciliar el monto de las acreencias y deudas de
particulares con el Municipio, cualquiera sea su naturaleza jurídica al 10 de
diciembre de 2015.


ARTICULO 4º FACULTASE a la
Secretaria de Hacienda a instrumentar la apertura de un
Registro de Acreedores del Municipio, en el que los particulares que posean
acreencias con el Municipio, solicitarán su inclusión presentando los títulos
respectivos en el plazo que la reglamentación establecerá. Asimismo dictará las
normas que regulen su funcionamiento del sistema, fijará los plazos y los
requisitos, recabará toda información sobre la existencia de deudas de aquellos
particulares inscriptos en el registro para con el Municipio, debiendo dentro
de los 60 (sesenta) días subsiguientes al vencimiento del plazo establecido en
la reglamentación, proceder al reconocimiento de la deuda que en definitiva
resultare producida de la respectiva conciliación.


ARTICULO 5º A LOS FINES de la cancelación de los montos resultantes
podrán proponerse o incluirse acuerdos y efectuarse transacciones, establecer
modificaciones o plazos para su cancelación, proponiendo y aceptando
refinanciaciones y novaciones de deuda determinada, propendiendo en todos los
casos el saneamiento tanto el Municipio como del sector privado y declarando
como paso previo a cualquier acción la inmediata compensación de pleno derecho
de deudas y acreencias recíprocas líquidas y exigibles entre particulares y el
Municipio. De contarse con la conformidad expresa de quien resulte acreedor
particular, la Secretaria
de Hacienda podrá emitir constancias que acrediten la recepción de los montos a
cuenta de ejercicios fiscales no vencidos.


ARTICULO 6º CON RELACION a las
deudas que el Municipio pueda mantener
con sus agentes originadas en la relación de empleo, quedarán sujetos a un
régimen de verificación, reconocimiento y cancelación especial.


ARTICULO 7º DECLARANSE sujetos a revisión y/o refinanciación, todos los
contratos y convenios con los proveedores de bienes y servicios, obras o
servicios públicos del estado municipal en cuanto a montos, volúmenes de
provisión, plazo de ejecución, condiciones de financiamiento y aspectos
técnicos, a fin de adecuarlos a las reales posibilidades del erario municipal,
dentro del marco normativo vigente.


ARTICULO 8º SOMETANSE a verificación la totalidad de las obras públicas
ejecutadas, en ejecución, y a ejecutarse, derivadas del compromiso asumido por
la anterior gestión en el marco de los convenios con el Estado Provincial y/o
Nacional, que comprometan u obliguen al erario municipal más allá de las
disponibilidades presupuestarias y financieras reales del Municipio.


ARTICULO 9º LA Secretaria de Obras
Públicas y Urbanismo tendrá a través de las áreas de su competencia la misión
de identificar con suficiente detalle de cada unidad de obra, confeccionando un
legajo técnico que contendrá los costos respectivos por todo concepto. El mismo
será remitido en un plazo de noventa días a este Departamento Ejecutivo.


ARTICULO 10º SOMETASE a un
proceso de auditoría y validación de los saldos deudores informados por la
dirección de recaudaciones al 10 de diciembre de 2015, cualesquier sea su
naturaleza jurídica y que hayan afectado el erario municipal.


ARTICULO 11º FACULTASE a la Secretaria de Hacienda
a instruir a las dependencias municipales, las restricciones de gastos,
adecuándolos a las disponibilidades
financieras y presupuestarias que el erario municipal pueda afrontar como
consecuencia de este estado de
emergencia-


ARTICULO 12º ESTABLECESE un control especial del Patrimonio Municipal
desde el 10 de diciembre de 2011.
A tal efecto deberá verificarse la totalidad de las
órdenes de compra a cargo del erario municipal y su correspondencia a los
bienes entregados al 10 de diciembre de 2015.


ARTICULO 13º SUSPENDASE la entrega de tierras fiscales a cualquier
título que sea de existencia física o ideal durante la vigencia de este
instrumento.


ARTICULO 14º DISPONESE la revisión de las adjudicaciones de tierras
fiscales efectuadas dentro de los últimos 180 días contados a partir de la
fecha.


ARTICULO 15º.ORDENASE a la Secretaria de Gobierno
la realización de un Relevamiento de Personal que preste funciones en el Estado
Municipal, indicando el lugar donde fue designado, dependencia donde realmente
presta servicio y su función específica.


ARTICULO 16° AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a disponer las
reestructuraciones funcionales del personal municipal, traslados, cambios de
dependencias o tareas, modificación de horarios, y toda otra medida que juzgue
conveniente, para la mejor, eficaz y eficiente prestación de los servicios
públicos municipales y cumplimiento de las funciones esenciales del Estado
Municipal y afrontar la crisis económica imperante.-


ARTICULO 17º INSTRUYASE a la Dirección General
de Asuntos Legales para que proceda a demandar por daños y perjuicios a los
funcionarios que hayan, por acción u omisión, comprometido patrimonialmente a la Hacienda Pública
Municipal, autorizando gastos sin recursos correspondientes o que teniendo a su
cargo la custodia de bienes patrimoniales no los hayan protegido y velado por
el interés de la comunidad, dando traslado las actuaciones respectivas al
Tribunal de Cuentas de la
Provincia y/o denunciando penalmente en caso de que se
presuma estar presencia de un delito.


ARTICULO 18 REMÍTASE copia del presente instrumento a la Universidad de la Patagonia Austral,
Universidad Tecnológica Nacional, Asociación de Abogados de Rio Gallegos,
Consejo Profesional de Ciencias Económicas, Ministerio de Economía y Obras
Públicas de la Provincia,
Consejo Profesional de Arquitectura Ingeniería y Agrimensura CPAIA,
solicitándoles, en la medida de sus posibilidades, arbitren los medios a su
alcance para contar con la colaboración profesional -en las respectivas
materias de su incumbencia- para el análisis del cuadro de emergencia municipal
y el abordaje de los proyectos que posibiliten las mejores soluciones.


ARTICULO 19 COMUNICASE al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz,
Honorable Cámara de Diputados, Ministerio de Economía y Obras Públicas,
Honorable Concejo Deliberante y al Sindicato de Obreros y Empleados
Municipales.





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