Aún con fallo y decreto nacional, los diarios locales siguen publicando avisos sexuales

El decreto 936 firmado el año pasado por la presidenta  prohíbe clasificados de oferta sexual, que encubren posibles casos de trata de personas.  Sin embargo, en Río Gallegos las publicaciones son diarias. Las sanciones  establecen multas de hasta 300 veces el valor del aviso.

El 6 de julio del 2.011 la presidenta  Cristina Kirchner firmó un decreto 936, el cual prohíbe avisos clasificados de oferta sexual en los medios gráficos del país.

Sin embargo, y  pesar de que la ley rige hace más de un año, diarios de Río Gallegos no acataron  la ley que establece sanciones que aplicara el ministerio de Justicia de la Nación, a  través de la Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Oferta de Comercio Sexual, la cual es autoridad de aplicación.

Hasta varios medios fueron sancionados, como fue el caos del Diario Clarín, aunque no todos fueron alcanzados por la norma.

En el caso de Río Gallegos, uno de los medios  “disfrazó” el rubro 59, y bajo el titulo de “Masajes”, publica diariamente avisos de ofertas sexuales. En este caso se trata del rubro 47.

Las sanciones establecen primero  un apercibimiento, en la segunda infracción una multa de hasta 100 veces el precio del aviso y se puede llegar incluso a una penalización de abonar hasta 300 veces el precio de la publicidad difundida.

Pero esto no es todo. Hace dos días atrás, la Cámara en lo Contencioso Administrativo federal avaló con un fallo  la prohibición de la oferta de servicios sexuales en diarios mediante el denominado "Rubro 59", pese al reclamo formulado por prostitutas "cuentapropistas" que consideraron coartada su libertad de trabajo.

El objetivo del decreto tiene el de evitar fomentar la explotación sexual y permitir, de forma encubierta la trata de personas, un mal del cual Río Gallegos conoce muy de cerca a pesar de que hace tres años las casas de tolerancia fueron clausuradas. (El Diario Nuevo Día).

 

 

 

El decreto. Prohíbe “los avisos que promuevan la oferta sexual o hagan explícita o implícita referencia a la solicitud de personas destinadas al comercio sexual, por cualquier medio, con la finalidad de prevenir el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y la paulatina eliminación de las formas de discriminación de las mujeres”.  La norma también incluye “aquellos avisos cuyo texto, haciendo referencia a actividades lícitas resulten engañosos, teniendo por fin último la realización de alguna de las actividades aludidas”. (Se basa en dos leyes: la 26.485, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres; y la 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual, que en su artículo 3 inciso m plantea el objetivo de “promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual”).

 

Trata. La trata de mujeres con fines de prostitución tuvo un crecimiento alarmante en Argentina en los últimos años y estadísticas privadas revelan que desde mediados de 2009 hasta fines de 2010 desaparecieron 700 mujeres, jóvenes y niñas con fines de explotación sexual, según la ONG La Casa del Encuentro. (El Diario Nuevo Día).

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