En Conflicto Que Duró 40 Días

La justicia revocó el procesamiento de Pedro Mansilla por los incidentes ocurridos en el 2013 en Desarrollo Comunitario

La Jueza Subrogante del Juzgado de Recursos de la 1° Circunscripción Judicial, Dra. María Florencia Gonzalez, decidió revocar el pedido de procesamiento del secretario general del SOEM de Río Gallegos, Pedro Mansilla, por los incidentes ocurridos en el edificio de Desarrollo Comunitario durante la extensa y conflictiva huelga que desarrollaron los municipales en el año 2013.




Cabe recordar que Mansilla fue procesado como único culpable
por el Juzgado de Instrucción Nº 2, a cargo de la juez Valeria López Leston ,
tras la denuncia que realiza el por entonces Secretario de Desarrollo
Comunitario de la gestión de Raúl Cantín, Daniel Álvarez.  La causa fue iniciada luego del extenso
conflicto de 40 días que sucedió en el año 2013 y que finalizó con una mejora
del orden del 40% promedio y la actualización de las asignaciones familiares.


Tras esta determinación judicial, el dirigente sindical a
través de  su representante legal, apeló
la medida y con fecha 18 de marzo de 2016, la Justicia se expidió al respecto,
informó el SOEM mediante un comunicado.


En la causa, caratulada "Pedro Mansilla y otros s/daño
agravado” se realizaba un embargo preventivo sobre sus bienes personales, dado
que en la indagatoria los circunstanciales testigos del Ejecutivo Municipal,
acusaban sólo al dirigente dentro de lo que fue una masiva marcha, donde además
se podía identificar a otros manifestantes.


La defensa planteó en su momento la falsedad de los
testimonios, ya que no era lógico que sólo se pudiera identificar a Mansilla en
este hecho y además los testigos referían encontrarse encerrados en el edificio
por lo que era imposible que pudieran identificar a quienes fueron los
verdaderos responsables de los destrozos.


Ante este planteo y "por falta de elementos probatorios que
permitan acreditar la autoría de Pedro Mansilla respecto al delito agravado por
el que fue procesado” y "por no contar con testigos que puedan sindicar a
Mansilla como el autor del delito, ni para aportar datos que lo vinculen”, es
que la Justicia decidió revocar el mencionado procesamiento, según consta en la
Resolución Judicial.  





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