Violencia De Género
Esquel: maltrató a su expareja en el juicio, fue condenado por violencia de género y quedó libre
Ahora deberá tener un trato respetuoso con su exmujer porque de lo contrario irá a la cárcel.
Pablo Daniel Hueque cometió reiterados hechos de violencia contra su expareja en Esquel. Además de tramitarse varias situaciones en el Juzgado de Familia, algunas constituyeron delito y recayeron en la Justicia penal. Lesiones leves, amenazas y desobediencia son los delitos por los que fue condenado a la pena de dos años de prisión en suspenso, lo que le permitió quedar libre. Aunque si incumple las normas de conducta, perdería el beneficio y debería cumplir la pena en un alojamiento carcelario.
En la audiencia de juicio abreviado realizada en los Tribunales de Esquel, se dictó el sobreseimiento de Hueque por tres hechos respecto de los que no se había obtenido prueba. Pero en otros cinco hechos fue hallado culpable y motivaron la primera condena en el historial de Hueque. Será esta su última oportunidad para "comprender” que las conductas que lo llevaron a los Tribunales son constitutivas de violencia de género y que ese tipo de acciones, además de ser socialmente repudiables, son pasibles de una sanción penal.
Maltrato
Hueque, inclusive, maltrató a su expareja durante el juicio abreviado. Fue necesario que el juez Martín O’ Connor le llame la atención, indicándole que su actitud dista del buen trato hacia la víctima al que obliga esta condena. Hueque se mostraba altanero, desafiante y en actitud intimidatoria hacia su expareja. Cuando sentía que nadie lo observaba aprovechaba para hostigarla con su postura y su mirada. Y cuando lo miraba el juez, Hueque cambiaba la actitud, bajando la mirada.
Pero, hubo un antes y un después en la sala a partir del llamado de atención al imputado. La actitud de este último cambió claramente al verse "descubierto”.
Ahora, Hueque fijó domicilio y no podrá cambiarlo sin previa autorización judicial, deberá evitar encontrarse con la víctima y si debe hacerlo para ver a sus hijos deberá enmarcarse en un trato respetuoso, sin ningún tipo de provocaciones.
El condenado tendrá que concurrir a la Oficina de Ejecución Penal una vez por mes, tiene prohibido consumir estupefacientes o abusar del consumo de bebidas alcohólicas y continuar con el tratamiento psicológico que deberá acreditar ante las autoridades correspondientes cada tres meses. #
(Fuente: Ministerio Público
Fiscal de Esquel)
En la audiencia de juicio abreviado realizada en los Tribunales de Esquel, se dictó el sobreseimiento de Hueque por tres hechos respecto de los que no se había obtenido prueba. Pero en otros cinco hechos fue hallado culpable y motivaron la primera condena en el historial de Hueque. Será esta su última oportunidad para "comprender” que las conductas que lo llevaron a los Tribunales son constitutivas de violencia de género y que ese tipo de acciones, además de ser socialmente repudiables, son pasibles de una sanción penal.
Maltrato
Hueque, inclusive, maltrató a su expareja durante el juicio abreviado. Fue necesario que el juez Martín O’ Connor le llame la atención, indicándole que su actitud dista del buen trato hacia la víctima al que obliga esta condena. Hueque se mostraba altanero, desafiante y en actitud intimidatoria hacia su expareja. Cuando sentía que nadie lo observaba aprovechaba para hostigarla con su postura y su mirada. Y cuando lo miraba el juez, Hueque cambiaba la actitud, bajando la mirada.
Pero, hubo un antes y un después en la sala a partir del llamado de atención al imputado. La actitud de este último cambió claramente al verse "descubierto”.
Ahora, Hueque fijó domicilio y no podrá cambiarlo sin previa autorización judicial, deberá evitar encontrarse con la víctima y si debe hacerlo para ver a sus hijos deberá enmarcarse en un trato respetuoso, sin ningún tipo de provocaciones.
El condenado tendrá que concurrir a la Oficina de Ejecución Penal una vez por mes, tiene prohibido consumir estupefacientes o abusar del consumo de bebidas alcohólicas y continuar con el tratamiento psicológico que deberá acreditar ante las autoridades correspondientes cada tres meses. #
(Fuente: Ministerio Público
Fiscal de Esquel)
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