Conflicto salarial judicial: los dos reclamos formales realizados al Gobierno de Santa Cruz por la resolución de Economía
El Tribunal Superior de Justicia y la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Santa Cruz realizaron pedidos formales al Poder Ejecutivo para garantizar el pago íntegro de los salarios judiciales. Ambos reclamos cuestionan la Resolución N.º 30/26 del Ministerio de Economía, que limita el pago de aumentos salariales.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Santa Cruz informó que solicitó formalmente al Ministerio de Economía la ampliación de la cuota devengada para poder completar el pago de los haberes del personal judicial correspondientes a enero de 2026 con los incrementos salariales acordados. El pedido fue ratificado el 5 de febrero, en el marco de gestiones iniciadas previamente para garantizar el pago íntegro de los salarios.
Según la comunicación oficial, el Poder Judicial había elevado una nota el 30 de enero solicitando los fondos necesarios para finalizar la liquidación de los haberes. Sin embargo, la respuesta del área económica fue negativa, argumentando la vigencia de la Resolución N.º 30/26, que limita "las cuotas de pago a las pautas salariales aprobadas hasta el 31 de agosto de 2025".
Ante esta situación y con el objetivo de garantizar el cobro en tiempo oportuno, el TSJ resolvió avanzar con la liquidación de los salarios a valores de diciembre de 2025, incluyendo la actualización del ítem antigüedad y las asignaciones dobles, mientras continúa el reclamo por la remisión de los fondos adeudados.
El rechazo de la Asociación de la Magistratura
En paralelo, un día después del pedido del TS, la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de la Provincia de Santa Cruz elevó una nota al gobernador Claudio Vidal expresando su rechazo formal a la Resolución N.º 30/26 del Ministerio de Economía. Desde la entidad sostuvieron que la medida constituye "un claro avasallamiento de la independencia del Poder Judicial".
La Asociación remarcó que los incrementos salariales afectados forman parte de un proceso de actualización de haberes de larga data, realizado conforme a los reglamentos vigentes y aprobado por el Poder Legislativo al estar incluido en el Presupuesto 2026. En ese sentido, advirtieron que el incumplimiento de lo acordado afecta derechos adquiridos de magistrados y funcionarios judiciales.
Reclamo de fondos y advertencia institucional
Tanto el Tribunal Superior de Justicia como la Asociación de la Magistratura coincidieron en la necesidad de que el Poder Ejecutivo disponga la urgente remisión de los fondos adeudados para garantizar el pago completo de los salarios judiciales y el cumplimiento de las pautas salariales acordadas.
Desde ambos estamentos se remarcó la importancia del respeto institucional y del diálogo entre los poderes del Estado, al tiempo que se reafirmó la vigencia de la autarquía del Poder Judicial
Qué establece la Resolución 030/26 del Ministerio de Economía
La Resolución 030/26 fue emitida por el Ministerio de Economía de la Provincia de Santa Cruz y fija lineamientos generales en materia salarial y presupuestaria para el ejercicio 2026, aplicables a la administración pública provincial.
Pauta salarial para 2026
El eje central de la resolución es el establecimiento de una pauta salarial real cero para el año 2026. Esto implica que:
No se prevén incrementos salariales generales para los trabajadores del Estado provincial.
No se contemplan mecanismos automáticos de actualización por inflación.
La política salarial queda sujeta estrictamente a los límites presupuestarios definidos por el Ejecutivo.
La resolución no menciona porcentajes de aumento ni escalonamientos, sino que fija un criterio restrictivo general.
Alcance sobre la negociación paritaria
Si bien la resolución no prohíbe de manera explícita las paritarias, no contempla la convocatoria a negociaciones colectivas como herramienta para definir salarios durante 2026. En los hechos, según el texto, el Ministerio:
Define de forma unilateral la política salarial.
Establece que las erogaciones en personal deben ajustarse a los parámetros fijados.
No habilita un ámbito formal de discusión salarial con los gremios.
Este punto es uno de los más cuestionados por las organizaciones sindicales, que advierten que la resolución desnaturaliza la negociación colectiva.
Contención del gasto en personal
La norma se enmarca en una política de control y contención del gasto público, especialmente en el rubro salarios. En ese sentido, dispone que:
Las jurisdicciones y organismos deben adecuar su planificación a los límites fijados.
No se pueden generar compromisos salariales que excedan lo establecido.
Toda política de recursos humanos queda subordinada al marco presupuestario definido por Economía.
El objetivo explícito es preservar el equilibrio fiscal.

