Juicio político a Fernando Basanta: cuáles fueron los argumentos de su defensa para solicitar la nulidad del proceso
Alejandro Ruggero, abogado del juez del Tribunal Superior de Justicia, aseguró que la acusación "no tiene objeto legal válido" y dijo que los cargos repiten los argumentos del debate parlamentario de 2022, cuando fue aprobado su pliego para integrar el TSJ.
Este lunes, en la audiencia de la Sala Juzgadora de la Cámara de Diputados que trata el pedido de juicio político a Fernando Basanta, vocal del Tribunal Superior de Justicia, su abogado Alejandro Ruggero aseguró que la acusación "no tiene objeto legal válido" y dijo que los cargos repiten los argumentos del debate parlamentario de 2022, cuando fue aprobado su pliego para integrar el TSJ.
El juicio político se lleva adelante con el argumento de que Basanta, exministro de Gobierno de Alicia Kirchner, accedió a su alto cargo sin cumplir con los seis años de ejercicio que exige la Constitución Provincial.
"El dictamen acusatorio también menciona posibles delitos previstos en los artículos 248, 249 y 253 del Código Penal, referidos al incumplimiento de deberes y al ejercicio de cargos sin reunir requisitos legales, además de supuestas infracciones a la Ley de Ética Pública", recordó Ahora Calafate.
"Este juicio político es absolutamente nulo por improcedencia. No hay argumentos nuevos ni distintos. Se intenta borrar con la mano lo que ya se escribió con el codo", subrayó Ruggero este lunes frente a los diputados.
Ruggero afirmó que el único punto de discusión fue si Basanta cumplía o no con los requisitos de antigüedad profesional establecidos en el artículo 127 de la Constitución Provincial cuando fue nombrado. "Todos los diputados debatieron ese tema, votaron, y la designación fue aprobada. Por lo tanto, el asunto está cerrado y agotado en términos institucionales", dijo.
"La validez del nombramiento solo pueden ser revisados por la vía judicial y no a través de un proceso político", consideró el abogado.
"La única instancia que puede revisar un acto de designación es el Poder Judicial, y en última instancia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La Legislatura no está habilitada para volver sobre sus propios actos", sostuvo.
También señaló que los fundamentos del dictamen acusatorio "copian y pegan" partes de denuncias anteriores -entre ellas la presentada por la Asociación de Abogados de Río Gallegos-, sin incorporar elementos nuevos ni pruebas adicionales.
"Si la designación fuese declarada nula, todos sus fallos serían nulos también. Habría que revisar causas penales, electorales y administrativas. Se generaría un estrépito institucional enorme", alertó.
"No es un problema de motivos, sino de forma. Este camino no corresponde. La única instancia competente para resolver es la Corte Suprema de Justicia de la Nación", concluyó al tiempo que pidió que se archive el proceso por "carecer de objeto distinguible del ya tratado por la Legislatura en 2022".
El viernes 14 de noviembre la Sala Juzgadora deberá definir si remueve o no a Fernando Basanta del cargo en el que está suspendido momentáneamente, percibiendo la mitad de su sueldo: el cuerpo sólo podrá hacerlo con el voto de dos tercios de los miembros presentes (8 de 12).

