La propuesta para distribuir dinero a municipios de Santa Cruz: qué es el IDM, qué variables tiene en cuenta y por qué incluye un censo
El proyecto del oficialismo para distribuir la coparticipación secundaria crea un Índice de Desarrollo Municipal (IDM), el cual incluye las variables: social, económica, demográfica, territorial e infraestructura
El oficialismo presentó en la legislatura de Santa Cruz la ley la crea el Índice de Desarrollo Municipal (IDM), una nueva herramienta técnica destinada a medir objetivamente el nivel de desarrollo de cada municipio y Comisión de Fomento.
El proyecto lleva la firma y autoría de los diputados Loreiro Fabiola Carolina, Quiroga José Luis, Urrutia Patricia, Aberastain Santiago y Nieto López Adriana.
Objetivo central: base para la coparticipación secundaria
El propósito fundamental del IDM, tal como lo establece el Artículo 2, es constituir la base técnica objetiva para la elaboración de un nuevo régimen de coparticipación secundaria. Con esto se busca asegurar que la distribución de recursos provinciales entre las localidades se sustente en criterios verificables y transparentes, y no solo en factores históricos o políticos.
El proyecto aclara en su Artículo 15 que el IDM no constituye por sí mismo un mecanismo de distribución de fondos, sino un instrumento técnico y preparatorio para la futura legislación de coparticipación.
Mecanismo de cálculo y ponderación
El IDM se calculará anualmente, con el primer proceso iniciando en junio de 2026. Los resultados se publicarán oficialmente en agosto de ese mismo año. El índice se construye a partir de un sistema de indicadores organizados en cuatro grandes áreas:
| Área | Ponderación | Principales Indicadores (Art. 5 bis) |
| Social | 35% | NBI, Acceso a servicios básicos (agua, gas, energía, conectividad), Cobertura de salud y educación. |
| Económica | 30% | Nivel de empleo (formal/informal), Capacidad de recaudación propia municipal, Diversificación de la actividad económica. |
| Territorial y de Infraestructura | 20% | Estado de rutas y transporte, Aislamiento geográfico y costos logísticos, Infraestructura urbana básica. |
| Demográfica | 15% | Cantidad total de habitantes, Distribución poblacional por sexo y edad, Densidad poblacional. |
Los municipios serán clasificados en tres niveles (alto, medio y bajo desarrollo) y se utilizará esta clasificación para que las localidades con menor desarrollo relativo (IDM bajo) reciban mayor refuerzo en la asignación de recursos (Artículo 10).
Transparencia y obligación de censos municipales
Para la validación de datos, la Ley crea el Observatorio Provincial de Desarrollo Municipal (OPDM), que funcionará bajo la órbita del Ministerio de Gobierno.
Un punto crucial para la obtención de datos es el Artículo 13, que establece la obligación para todos los municipios de realizar un Censo Municipal cada dos años, cuyos resultados serán la base de datos necesaria para el IDM.
El Artículo 14 advierte que los municipios que no remitan la información requerida serán evaluados únicamente con datos disponibles, asignándoles el puntaje mínimo en los indicadores no informados como apercibimiento.
La discusión política: el alerta por la coparticipación primaria
Si bien los diputados firmantes lograron aprobar el proyecto que regula la coparticipación secundaria, el debate se extiende a la totalidad de los recursos.
El diputado Carlos Godoy (Unión por la Patria) advirtió a El Diario Nuevo Día: "Se debe discutir la coparticipación primaria y secundaria. El oficialismo dio despacho a un proyecto que distribuye solo la secundaria (recursos a distribuir de la provincia), pero hay muchos municipios que no producen nada, y si es así, por esa Ley, no les correspondería nada".
La observación de Godoy apunta a que el nuevo índice, al ponderar fuertemente la capacidad de recaudación propia (30% del Área Económica), podría abrir una profunda discusión sobre el esfuerzo fiscal y productivo de cada localidad dentro del esquema provincial.

