CONFLICTO DOCENTE

Multaron a ADOSAC por no cumplir una conciliación obligatoria

El Ministerio de Trabajo de Santa Cruz ratificó una multa de $126,7 millones contra ADOSAC por incumplir la conciliación obligatoria dictada durante un conflicto gremial en 2025

Redacción Nuevo Día
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El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Santa Cruz confirmó la vigencia de la multa aplicada a la Asociación Docentes de Santa Cruz (ADOSAC) por incumplir una conciliación obligatoria durante el conflicto salarial docente de 2025. La sanción asciende a 126.714.480 pesos y quedó firme luego de que el organismo rechazara un recurso presentado por el sindicato.

La medida surge del expediente N.º 535.452/2025 y fue notificada formalmente a la organización gremial mediante una cédula fechada el 8 de junio de 2026, es decir, el mismo día en el cual se concretó la primera paritaria salarial.

Una sanción aplicada en enero de 2026

De acuerdo con la resolución oficial RESFC-2026-15-E-SANTACRUZ-MTESS, emitida el 13 de enero de 2026, el Ministerio de Trabajo resolvió aplicar una multa de $126.714.480 a ADOSAC por el incumplimiento de la conciliación obligatoria establecida mediante la Disposición S.T. N.º 0211/2025. (Esto significa que el gremio docente no cesó las medidas de fuerzas ante el dictado de la conciliación)

La resolución indica que la sanción fue impuesta luego de constatar que el gremio docente no acató la medida dictada por la autoridad laboral en el marco del conflicto salarial que atravesó el sector educativo provincial.

Posteriormente, el secretario general de ADOSAC, César Javier Alegre, presentó un recurso contra esa resolución, intentando revertir la sanción económica.

Por qué fue rechazado el recurso

El nuevo pronunciamiento oficial corresponde a la resolución RESFC-2026-111-E-SANTACRUZ-MTESS, firmada el 4 de junio de 2026 en Río Gallegos.

En ese documento, la cartera laboral concluyó que el recurso presentado por ADOSAC no cumplía con los requisitos legales exigidos para su admisión, ya que el sindicato no acreditó el pago previo de la multa ni ofreció una garantía suficiente.

La resolución cita expresamente el artículo 66 de la Ley Provincial N.º 2450, que establece que cuando una sanción consiste en una multa, cualquier apelación sólo puede concederse si previamente se abona el monto impuesto.

Según el texto oficial, la presentación realizada por el sindicato fue efectuada dentro de los plazos legales, pero no cumplió con ese requisito indispensable.

La decisión del Ministerio

Tras el análisis jurídico realizado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Trabajo y el Dictamen N.º 886/DPAJ/2026 de la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, las autoridades resolvieron:

  • Declarar inadmisible el recurso interpuesto por ADOSAC.
  • Dejar firme la Resolución RESFC-2026-15-E-SANTACRUZ-MTESS del 13 de enero de 2026.
  • Mantener vigente la multa de $126.714.480 aplicada al gremio docente.



Notificación al gremio

La cédula de notificación fue emitida en Río Gallegos el 8 de junio de 2026 por la Dirección General de Conflictos Colectivos e Individuales del Ministerio de Trabajo.

A través de ese documento, el organismo informó formalmente a ADOSAC la resolución que rechazó el recurso y confirmó la sanción económica impuesta por el incumplimiento de la conciliación obligatoria durante el conflicto docente.

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