EN DÍAS

¿ARCA te recategoriza de oficio?: fechas y cómo evitarlo

ARCA aplicará recategorizaciones automáticas del 6 al 20 de agosto a quienes no cumplan con el trámite entre el 15/7 y el 5/8.

Redacción Nuevo Día
Redacción Nuevo Día
eldiarionuevodia@hotmail.com

Desde el 15 de julio y hasta el 5 de agosto, los contribuyentes inscriptos en el Monotributo de ARCA deben cumplir con la recategorización semestral obligatoria. Sin embargo, el dato que más preocupa es que, quienes no lo hagan en ese período, podrían ser recategorizados de oficio entre el 6 y el 20 de agosto.

La medida fue establecida por la Resolución General 5637/2025 y responde a controles sistémicos de la agencia recaudadora. Esta acción automática impactará directamente en quienes omitan realizar el trámite en el plazo estipulado, evaluando su facturación en los últimos 12 meses. 

El Monitor de Facturación: cómo saber si debés recategorizarte

Para facilitar la gestión, ARCA lanzó el Monitor de Facturación, una herramienta interactiva que muestra de forma gráfica la evolución de las ventas y servicios facturados.

El sistema incluye alertas que notifican si el monotributista está por superar los topes de su categoría. "La barra se completa según los ingresos declarados, y señala si corresponde recategorizarse o incluso pasar al régimen general", detallaron desde la entidad.

Además, el monitor recuerda los plazos y los trámites pendientes si se exceden los parámetros. Quienes no realicen la recategorización ahora, deberán esperar hasta enero de 2026 para hacerlo de forma voluntaria. 

Exclusiones automáticas y nuevos topes desde agosto

Uno de los puntos más críticos es la exclusión automática del régimen simplificado. Esto se aplica cuando se superan los topes de la categoría K, que en agosto podrían actualizarse de $82.370.281,28 a $94.898.801, según el IPC.

Otros motivos que generan exclusión son:

  • Tener más de 3 actividades simultáneas.

  • Realizar importaciones para reventa.

  • No tener respaldo documental de ingresos.

  • Figurar en el REPSAL.

  • Incurrir en gastos personales o bancarios injustificados.

Los nuevos valores de recategorización rigen desde agosto, aunque el análisis debe hacerse con los parámetros registrados entre julio 2024 y junio 2025. La tabla vigente hasta julio se usa para excluir a quienes superaron topes en ese mes, pero a partir del 1 de agosto se aplican los nuevos montos.(IProfesional)

Esta nota habla de:
Últimas noticias de ARCA