¿Qué cambios trae la Reforma Laboral y qué debe pasar en Diputados para que sea ley?
El Senado aprobó en general la Reforma Laboral con 42 votos a favor y 30 en contra, tras más de 14 horas de debate.
Uno de los puntos centrales de la Reforma Laboral es el régimen de vacaciones. La norma establece que deberán otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque empleador y trabajador podrán acordar su goce fuera de ese período.
La fecha de inicio deberá notificarse por escrito con al menos 30 días de anticipación, salvo que el Convenio Colectivo disponga otro sistema. Como novedad, se habilita el fraccionamiento de las vacaciones, siempre que cada tramo no sea inferior a siete días corridos.
Además, cuando no se otorguen en forma simultánea a todo el personal, el empleador deberá garantizar que cada trabajador pueda tomarlas al menos una vez cada tres años durante la temporada de verano.
Indemnizaciones: cambios en el cálculo y nuevos topes
En caso de despido sin justa causa, la indemnización seguirá siendo equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses. Sin embargo, el proyecto excluye de la base de cálculo conceptos no mensuales como el Sueldo Anual Complementario o premios extraordinarios.
El texto fija que el monto no podrá superar tres veces el salario mensual promedio previsto en el convenio colectivo aplicable, excluida la antigüedad. Además, se establece que la indemnización no podrá ser inferior al 67% de la mejor remuneración mensual normal y habitual, ni menor a un mes de sueldo.
La ley también contempla que, por convenio colectivo, este régimen pueda reemplazarse por un fondo o sistema de cese laboral. Asimismo, en caso de sentencia judicial condenatoria, el empleador podrá abonar el monto en cuotas: hasta seis para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas empresas, ajustadas por IPC más un interés anual del 3%.
Banco de horas y lo que viene en Diputados
Otro eje clave es la formalización del banco de horas. El proyecto establece que la compensación de horas extraordinarias podrá acordarse por escrito entre empleador y trabajador, con carácter voluntario y bajo un sistema de registro y control.
Entre las alternativas figuran el pago de horas extras, el banco de horas o francos compensatorios, siempre respetando los descansos mínimos legales. La norma remarca que deberán garantizarse al menos doce horas entre jornadas y treinta y cinco horas de descanso semanal.
El sistema permitirá compensar jornadas más extensas en determinados días con otras más reducidas, sin superar el máximo legal semanal o el fijado por convenio colectivo. Tras obtener media sanción en el Senado, la Reforma Laboral ahora quedó en manos de la Cámara de Diputados, donde deberá debatirse y obtener la sanción completa para convertirse en ley.(Infobae)

