Robo y venta de vacunas contra Covid desde el Hospital: "Vamos a hacernos unos pesos"

Esa fue la frase que formó parte de una de las conversaciones entre las enfermeras Muñoz y Torres es una de las pruebas mencionadas a lo largo de las 160 fojas del expediente que derivó en los procesamientos de 24 personas, en relación al robo de vacunas en el hospital Regional de Comodoro Rivadavia.

Desde el robo hormiga hasta la cadena de responsabilidades que favoreció el desvío de vacunas que fueron adquiridas por el Estado nacional y debían llegar en un primer momento al personal de salud que trabaja a cara a cara con la pandemia, pero terminaron beneficiando a quienes tuvieron capacidad para pagarlas.



La maniobra comenzó en los primeros días de enero, cuando Marcos Paura, integrante del sindicato Camionero, le planteó a la enfermera Analía Muñoz la posibilidad de obtener vacunas para el personal de la obra social, según revelaron fuentes que conocen el expediente, a partir del análisis de comunicaciones telefónicas.



El contacto y la confianza para la consulta provenían desde el año anterior, cuando se realizó la vacunación antigripal. Incluso en el momento en que las autoridades del sindicato Camionero, con Jorge Taboada a la cabeza, hablaron públicamente sobre el caso en la radio del sindicato, recordaron que la misma enfermera les había solicitado en diciembre un televisor, en carácter de donación, para un área del hospital, ya que el personal pasaría navidad y año nuevo y se había descompuesto el artefacto que contaban para tal fin.



“Ahí es donde nos dice que iba a haber disponibilidad de vacunas y que nos iba a tener en cuenta, por la relación que teníamos con el hospital”, explicó Nazarena Bureau, directora de la obra social de Camioneros, en aquella exposición pública del 22 de febrero.



Sin embargo, en la investigación judicial se encontró una contradicción en ese punto, ya que en las comunicaciones telefónicas evaluadas detectaron la conversación en la que Paura solicita las vacunas, de allí que éste quedó proceso en el rol de instigador del delito de Malversación de Caudales Públicos. 



En la secuencia de investigación aparece luego la comunicación entre Muñoz y Torres, cuando la primera le propone: “Vamos a hacernos de unos pesos”, acordando que serían unos 15.000 pesos para cada una. Según expuso Jorge Taboada en el medio radial del sindicato, el servicio se pagó a 1.500 pesos por vacuna, cuando se enfatizó que habían pagado y recibido factura correspondiente, para rechazar el involucramiento de sus afiliados en los delitos investigados. “No había ninguna posibilidad de sospecha”, dijo en ese momento el gremialista.



Las prioridades de vacunación eran conocidas por todo el país

“Nadie podía desconocer que el plan de vacunación que dispuso el Gobierno Nacional tenían un orden de prioridades, que empezaba por el personal de salud, para luego seguir por los mayores de 70 años”, dijeron los investigadores judiciales sobre ese punto, al momento de fundamentar la resolución judicial.  “Esto era sabido por todos, porque se repetía permanentemente por los medios de comunicación de todo el país y tampoco lo podía desconocer gente que maneja una obra social”, enfatizaron.



La conversación telefónica entre las enfermeras, en aquellos primeros días de enero, deja en claro que ellas sabían que la maniobra no era legal: “Tenés que conseguirlas”, le propuso Muñoz a su colega, quien asume esa tarea, aunque poco después la misma Muñoz le da una ‘Buena noticia’: “ya las tengo”. Se había completado así la primera parte de la maniobra, con la obtención de las dosis necesarias para el componente 1, que se aplicaron el 21 de enero en la sede de la obra social. 



A diferencia del segundo lote, cuya sustracción fue notada el 27 de enero, las que se quitaron del circuito legal para la primera dosis formaron parte de una “modalidad hormiga”, de allí que, sumado a la precariedad con que se llevaban los registros oficiales (con anotaciones manuscritas, tachaduras, etc.), no se notara el faltante de aquellas vacunas de la primera dosis, según interpretan los investigadores.



Tipo de delito para distintos actores y roles 

En ese manejo del sistema de vacunas es donde se asientan las imputaciones para el personal vinculado al hospital Regional: el doctor Jorge Benítez, jefe de Epidemiología, fue procesado por Incumplimiento de los deberes de funcionario público, ya que tenía a su cargo el plan de vacunación en la ciudad, delegado a su vez desde la conducción del Área Programática de Comodoro Rivadavia, pero delegó esa función, sin una correcta supervisión, en la enfermera Daniela Cocha, según quedó establecido en el expediente.



El artículo 248 del Código Penal sanciona “con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo”, al funcionario público que “…no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”.



La figura bajo la que se imputa a Cocha, por Malversación de caudales públicos, tiene un atenuante, que es el de la figura “culposo”, que alude a la impericia, desconocimiento o negligencia de quien no puede tomar los recaudos para preservar bienes del Estado, en este caso las vacunas. “Fue una persona desbordada por la situación”, reconocieron en ámbitos judiciales, “en una función que no le correspondía”.



Distinta es la situación de Analía Muñoz, quien resuelve participar activamente de la maniobra, para lograr un beneficio económico en su favor, según los argumentos de la acusación. En este caso, la figura de Malversación de caudales públicos que se le endilga es dolosa.



“Será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo”, dice el artículo 261 del Código Penal de la Nación, por el que se procesó a Muñoz. Aunque se admite que no hay pruebas que la muestren sustrayendo las vacunas que habían quedado en la cámara de frío, su posterior participación en la aplicación de la segunda dosis, el 19 de febrero, más las pruebas de los cruces telefónicos y las mismas declaraciones de los miembros del sindicato, la ubican como la principal responsable.



Para Cocha, en cambio, la acusación tiene una expectativa de penalización menor, “con multa del veinte al sesenta por ciento del valor sustraído”, según el artículo 262 del Código, para “el funcionario público que, por imprudencia o negligencia o por inobservancia de los reglamentos o deberes de su cargo, diere ocasión a que se efectuare por otra persona la substracción de caudales o efectos de que se trata en el artículo anterior”.



En ambos casos, vale aclarar, el carácter de “empleados públicos” es asimilable al de “funcionario público”. Paura, por su parte, fue procesado por el delito de “instigación”, que según el artículo 41 del Código Penal prevé penas de dos a seis años, según la gravedad del los hechos. Torres, la enfermera que participó con Muñoz, fue procesada por encubrimiento, ya que no llega a concretar una participación directa en la malversación.



La misma imputación y procesamiento cupo para los integrantes del sindicato y de la obra social de Camioneros que llegaron a aplicarse las vacunas: Jorge Taboada; Pablo Mansilla; Elías Guzmán; Silvana Taboada; Nazarena Borau. Gisel Ampuero; Daiana Cárcamo; Eduardo Díaz; Marisa Torres; Cinthia Hernández; Noelia Moure; Silvio Borou; Valeria Hemme khoury; Valeria Mansilla; Miguel Santana; Jessica Modinger; Darío Guzmán; Cecilia Alvarado y Laura Cárcamo.



El delito de encubrimiento, según el artículo 277 del Código Penal, prevé penas de “prisión de seis (6) meses a tres (3) años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado, adquiriere, recibiere u ocultare dinero, cosas o efectos provenientes de un delito”. “Es el mismo tipo de imputación que podría caberle a alguien que compre cualquier objeto, sabiendo que fue robado o que proviene de otro tipo de delito”, graficó una de las fuentes ligadas a la investigación.



Además de los procesamientos, tal como informó esta agencia, la jueza Eva Parcio dictó embargos sobre los bienes de los imputados, que alcanza con 2 millones de pesos a Muñoz; 1 millón de pesos a Torres; 1,5 millón a Paura y 1,3 millón de pesos para cada uno de los vacunados; 500 mil pesos contra Benítez y 100 mil pesos a Cocha. Ahora será el turno de las respectivas defensas, que seguramente apelarán los procesamientos, lo que dará intervención a la Cámara Federal. Una vez superada esa instancia se sabrá, finalmente, quiénes y en qué condiciones llegan al juicio oral y público. (ADN Sur)


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