Tierra del Fuego: autorizan extracción de erizos del canal Beagle

De la mano de los pescadores artesanales este producto se promociona cada vez más en las costas de la Patagonia austral, conscientes de que se trata de una delicia de lo más excéntrica muy codiciada en el mundo.

El gobierno provincial otorgará permisos para la extracción de erizos en las costas del canal Beagle a pescadores que adhieran a un programa de uso sustentable del recurso, el cual requiere realizar las capturas acompañados de observadores pesqueros o científicos y brindar toda la información que se le requiera con el objeto de conocer más sobre el potencial del producto en las costas de Ushuaia y Almanza.



Mediante resolución 292/22 el Ministerio de Producción y Ambiente autorizó el diseño y ejecución del programa denominado “Programa Sustentable de uso del recurso erizo en el canal Beagle, el cual estará a cargo de la Secretaría de Pesca y Acuicultura de la provincia.



La medida, que fue dispuesta el 23 de junio y publicada en el Boletín Oficial está enmarcada en la “Campaña de Investigación de Erizo Rojo (Loxequinus albus) en el canal Beagle”, por el plazo de un (1) año, prorrogable por igual período.



A partir de ahora, la Secretaría de Pesca y Acuicultura del Ministerio de Producción y Ambiente tiene a su cargo el diseño y ejecución del programa determinando las zonas de veda, épocas reproductivas, período de aprovechamiento comercial, establecer a su vez la escala de la pesquería: artesanal, intermedia o comercial/industrial, entre otros objetivos que la Autoridad de Aplicación considere oportuno establecer, a efectos de asegurar una explotación sustentable del Erizo Rojo (Loxechinus albus).



La norma establece que el permisionario deberá utilizar el Puerto de la ciudad de Ushuaia o el de la localidad de Almanza u otra zona previamente determinada por la Autoridad de Aplicación, para realizar tareas de alistamiento y/o descarga de lo capturado, además de afrontar el pago del permiso otorgado, de acuerdo a la normativa vigente, previo al otorgamiento del Permiso de Pesca Experimental.



Además, se establece que los permisionarios que formen parte del Programa tendrán la obligación de suministrar toda la información requerida destinada a la investigación del recurso, en un plazo perentorio de 72 horas, de arribado a puerto o al punto de desembarco, bajo apercibimiento de suspender, revocar o cancelar el permiso otorgado.



A cambio, los permisionarios podrán disponer libremente de la captura, siempre y cuando se ajusten a las condiciones establecidas en la normativa vigente que regula la materia.



Los permisionarios deberán, al momento de realizar las operaciones de recolección, estar acompañados de Observadores Pesqueros o Científicos a bordo de la embarcación y también deberá permitir el acceso al establecimiento elaborador, a todo personal que designe la autoridad de aplicación.



 



El Sureño


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