Tribunal de Juicio fundamentó condena por abuso sexual al árbitro Darío López, marcando un precedente que permitiría detenciones inmediatas tras el veredicto

El Tribunal de Juicio Oral de Río Grande brindó los fundamentos del fallo brindando el 22 de octubre pasado contra Darío Sebastián López, condenado a 15 años de prisión por el abuso sexual sistemático de una menor en situación de convivencia, entre los años 2014 y 2016.



El Tribunal fundó en las pericias psicológicas y en el correlato de familiares de la menor, en cuanto a las circunstancias en que dio a conocer el abuso que sufría; como elementos para caracterizar de solidez el testimonio de la víctima.



Pero en este juicio fueron dos los puntos controversiales que se dieron; la negativa a la defensa de plantear un testigo de descargo (un presunto novio juvenil de la víctima) y la detención de López una vez conocido el veredicto, a pesar que el fiscal en el proceso no lo había solicitado y la condena no está firme en razón de que va a ser casada ante el Superior Tribunal de Justicia.



“No indagar en la vida sexual de las víctimas”



En el primer punto, la defensa intentaba demostrar con capturas de un chat y buscando convocar a un testigo, que la víctima había mantenido relaciones sexuales con un novio juvenil, en la época en que se produjeron los hechos.



El tribunal respondió a esto que se debe juzgar con “una perspectiva de género y niñez”, haciendo alusión a la “inadmisibilidad de prueba que procura indagar en la vida sexual de la víctima para descartar una violación”.



“Las pruebas respecto a antecedentes sexuales son inadmisibles”, concluyó el tribunal.



La víctima en permanente riesgo



Finalmente en cuanto a la detención de López el día del fallo, cuando la condena aún no quedaría firme y el fiscal mismo no la solicitó; el Tribunal remarcó una situación que desde las fiscalías no estarían contemplando; “en casos de abuso contra menores o violencia de género es exigible un cuidado especial a fin de brindar la protección adecuada a la salud psicofísica de las víctimas”, indicaron los jueces.



En este caso  específico hicieron alusión a que existe aún en la actualidad “una relación del imputado con la madre de la víctima” y marcaron ese detalle como una “vulnerabilidad que persigue a la joven”.



En ese sentido atendieron que son “situaciones que permitirán al condenado acercarse con la víctima, a la cual amenazaba luego de cada ataque sexual”, por lo que consideraron a la inmediata detención como “la adopción de medidas necesarias para cumplir las normas internacionales” de protección a la niñez.



Un precedente que puede servir para futuros casos de abuso sexual con condena en juicio, algunos de los cuales no están yendo a detención inmediata.



 



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