Cómo es el trámite que deben realizar los ex ypefianos para cobrar la deuda

Los ex agentes que reclaman el pago de las acciones de propiedad participada que debieron percibir cuando Yacimientos Petrolíferos Fiscales fue privatizada en 1991, ya están en condiciones de cobrar después que el martes la Presidente anunció la reglamentación. El trámite será sencillo.


El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de Nación publicó ayer, en el Boletín Oficial, la resolución 877/2015, por la que se reglamentó y especificó el procedimiento administrativo de implementación de la indemnización a los ex agentes de YPF definida por la ley 27.133 que, por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó el 29 de abril último.




Tal como en cadena oficial la Presidente de la Nación informó el martes por la noche, los ex ypefianos tendrán que llenar algunas planillas, que en los próximos días estarán a disposición en las distintas sucursales del Banco Nación o en la página web del Ministerio de Economía de Nación (www.ecomomia.gob.ar).




Luego del anuncio presidencial, la resolución 877/2015 fue publicada ayer en el Boletín Oficial de la Nación. Se calcula que beneficiará a 29.000 ex agentes en todo el país, 3.000 de los cuales serían de Comodoro Rivadavia.
En la resolución se detallan los pasos que los ex ypefianos o sus herederos deberán seguir para cobrar las 956 acciones, cuyo valor individual nunca será inferior a los 311 pesos como fijaron los diputados, en la sesión del 29 de abril, cuando aprobaron por unanimidad esta esperada respuesta para los ex agentes.



PROCEDIMIENTO
El inicio del trámite para el cobro de las acciones deberá ser efectuado por la parte interesada, es decir de modo personal, ya sea por el ex agente o, en el caso de haber fallecido, por sus familiares.




Para la determinación del universo de ex agentes, esos teóricos 29.000, y las sumas a liquidar a favor de los mismos, el Ministerio de Economía de Nación utilizará los antecedentes que obren en poder de este en virtud de la implementación de la Ley N° 25.471, liquidación y pago de sentencias judiciales y el Padrón de Beneficiarios que integra la resolución 120 de la Jefatura de ministros y la 508 del ex Ministerio de Economía y producción del 20 de noviembre de 2003.




El retiro y entrega de planillas deberá efectuarse en las distintas sucursales del Banco Nación, que hasta ayer no contaba con esta documentación que, según el caso de que se trate, se deberá completar por los propios ex agentes, sus herederos o derechohabientes.




El procedimiento administrativo especial "alcanza a todas aquellas personas que sean beneficiarias de la indemnización establecida en la Ley N° 27.133, y se acojan a ésta, dejándose constancia que no quedan incluidos los honorarios y demás costas que estén a cargo del Estado nacional por cualquier motivo", indica la resolución.
En la reglamentación, y a futuro inmediato en el Banco Nación, los ex ypefianos tendrán a disposición las planillas y los anexos que deberán completar, que son distintos en función de su situación particular, que va desde ex agentes que no iniciaron demanda a alguna, pasando por aquellos que iniciaron juicio y tienen sentencia, hasta herederos que tendrán que seguir un trámite especial.




Para aquellos que tengan demandas judiciales en marcha, la resolución establece que, para adherirse al beneficio, los ex agentes o sus familiares deberán hacer expresa renuncia a las causas para poder cobrar las acciones.
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