Diputados presentaron la denuncia penal contra el ex ministro Daniel Peralta. Se le imputan por lo menos tres delitos

Lo hicieron en horas de la mañana legisladores del Frente para la Victoria, y a raíz de los posibles delitos cometidos por el que fuera titular de la cartera de Salud provincial. El escrito se presentó en el Juzgado de Instrucción N° 2 de Río Gallegos. Las pruebas que originaron esta presentación, surgieron de la interpelación realizada meses atrás, y constatadas por el Tribunal de Cuentas. 


 


 


En horas de la mañana, los legisladores del Frente para la Victoria, Alexis Quintana, Rubén Contreras, Leonardo Álvarez, Silvio Suárez, Darío Galbán y Miguel Guanes, presentaron la denuncia penal contra el ex ministro de Salud de la Provincia, Daniel Peralta, tal lo habían adelantado luego de la separación del cargo por parte de su homónimo y primer mandatario provincial, a partir de la interpelación realizada por el parlamento provincial y que puso al descubierto presuntos delitos. 


En ese sentido, el escrito presentado en el Juzgado de Instrucción N° 2 de Río Gallegos señala que estos presuntos delitos están tipificados en los artículos 240, 260 y 265 del Código Penal, a partir de la información de la que puso hacerse la Comisión Investigadora de la Administración Pública – que funciona en la órbita de la Legislatura provincial – de la que se desprende que Peralta, en oportunidad de encabezar la cartera de Salud, incurrió en diversas irregularidades administrativas.


A continuación, se detalla que estos posibles delitos giran en torno a la contratación directa con la empresa propiedad de su propio hijo VRGSA/Peralta Daniel Nazareno/Productos Vigía en los hospitales públicos de Río Gallegos, Puerto Santa Cruz, Puerto San Julián, Puerto Deseado, Caleta Olivia, Lago Argentino, Gobernador Gregores, Las Heras, Río Turbio y 28 de Noviembre, lo que configura un supuesto incumplimiento de los deberes de funcionario público, tal lo señalado por el Tribunal de Cuentas provincial.  


Otro de los posibles delitos por el que los legisladores radican esta denuncia, tiene que ver con los contratos y pagos realizados de manera irregular a la cooperativa Nuevo Sur en el Hospital de Las Heras, teniendo en cuenta que la misma “no se encuentra constituida legalmente bajo el formato de Cooperativa”, tal se manifestó en su oportunidad en organismo de contralor de la Administración Pública provincial, violando a su vez la Ley de Contrato de Trabajo. 


El tercer delito por el que se denunció a Daniel Peralta, surge a partir de la contratación irregular de empresas de seguridad en los hospitales de Perito Moreno, Lago Argentino, Puerto Deseado, Las Heras, Pico Truncado, Río Gallegos y Caleta Olivia, entre los que se destacan los pagos incursados, contratos en ejecución de facto tras su vencimiento, incumplimiento de normas de selección de proveedores, lo que además de tipificarse como incumplimiento de los deberes de funcionario público, podría tratarse del delito de peculado. 


Finalmente, es de destacar que a la denuncia penal presentada se adjuntó como documentación respaldatoria la Resolución del Tribunal de Cuentas N° 093/2013, como así también la reunida por la Comisión Investigadora del parlamento, en oportunidad de constituirse para auditar las funciones desempeñadas por el saliente ministro de la Administración Peralta.


 


Delitos tipificados en el Código Penal 


Los artículos que fueron citados por los legisladores al momento de encuadrar la denuncia presentada esta mañana, son el 248, contenido en el Capítulo IV “Abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos”, que establece que “Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”. 


Además, el artículo 260, en el marco del Capítulo VII sobre “Malversación de caudales públicos”, que señala que “Será reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años, el funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. Si de ello resultare daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá además al culpable, multa del veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída”. 


Finalmente, los legisladores advierten la posibilidad de tipificar las acciones del ex ministro de Salud en el Capítulo VIII inherente a las “Negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas”, en su artículo 265 que indica que “Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo”.


 

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