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Cuánto dinero se puede mover entre billeteras virtuales sin que investigue el AFIP

Operar con una billetera electrónica simplifica muchas de las transacciones. Sin embargo, para que la AFIP 2024 no siga tan de cerca el volumen operado, se deben tomar recaudos.

Redacción Nuevo Día
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Gran parte de las transacciones comerciales que realizamos de manera cotidiana pasa por una billetera virtual. Llevado al extremo, hay personas que prácticamente ya no se manejan con efectivo y pagan absolutamente todo desde el teléfono celular. Pero estos movimientos de dinero, en algunos casos, son mirados muy de cerca por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

El pago del alquiler de un inmueble, la cuota del colegio privado de los hijos, una cuota de un crédito. Ejemplos de grandes movimientos a través de una billetera electrónica hay a montones. Sin embargo, las "alarmas" de la AFIP se encienden cuando dichas transacciones superan determinada cantidad de dinero. Ergo, conviene conocer esos topes para evitar que el ente recaudador nos marque de cerca.

A través de su sitio web, la AFIP explicita los montos a partir de los cuales las billeteras virtuales deben informar de las operaciones de sus clientes. Información cuyo objetivo es determinar el origen de los fondos, si es lícito o no, y si dichas operaciones son plausibles de ser gravadas con impuestos.

Toda vez que las transferencias, operaciones como acreditaciones o extracciones y los saldos existentes en cuenta superen los $400.000, las billeteras electrónicas están obligadas a informarlos a la AFIP. De considerarlo necesario, el ente recaudador puede exigir a través de una comunicación formal que el contribuyente demuestre el origen de los fondos.

Además de los $400.000 mencionados, las billeteras virtuales tendrán que informar a la AFIP determinados movimientos de dinero. Movimientos que, como se ha explicado más arriba, también podrán ser susceptibles de controles por parte del ente fiscal.

(Fuente: el patagónico)

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