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Julio 2025: cuánto se paga por hora y por mes en el servicio de limpieza

En julio de 2025, el régimen de trabajo en casas particulares mantuvo los salarios mínimos sin cambios respecto a lo fijado a principios de año. Sin actualizaciones oficiales ni paritarias vigentes, empleadores y trabajadoras negocian de manera individual cómo compensar la pérdida de poder adquisitivo.

Redacción Nuevo Día
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El esquema salarial para el personal de casas particulares en Argentina se mantuvo sin modificaciones durante julio de 2025. Desde el último aumento registrado en el primer trimestre, no se anunciaron nuevos incrementos ni actualizaciones automáticas, lo que derivó en una dinámica informal de negociación entre empleadores y trabajadores para intentar compensar la inflación acumulada.

Las escalas salariales siguen divididas en cinco categorías: supervisores/as, tareas específicas, caseros/as, cuidado de personas y tareas generales. En tareas generales, el valor por hora con retiro es de $2.863 y sin retiro de $3.089. A nivel mensual, los sueldos van de $351.233 a $390.567, según la modalidad de trabajo. Para quienes se dedican al cuidado de personas, los montos ascienden a $3.454 la hora sin retiro y $435.246 mensuales.

Los caseros, que residen en el domicilio donde trabajan, perciben $3.089 por hora y $390.567 por mes. En tanto, el personal con formación específica -como cocineros/as- cobra desde $3.270 la hora con retiro hasta $445.613 mensuales sin retiro. En la cima del escalafón están los supervisores, con sueldos que oscilan entre $430.878 y $479.950 por mes.

El aguinaldo, correspondiente al Sueldo Anual Complementario (SAC), se calcula como el 50% del mejor salario del semestre, incluyendo extras. En julio, muchos empleadores completaron o regularizaron el pago del medio aguinaldo de junio. Si la trabajadora comenzó a prestar servicios luego de enero, el monto se prorratea según el tiempo trabajado.

El régimen contempla dos formas de contratación: con retiro, donde el personal no vive en el hogar y cumple horarios definidos; y sin retiro, cuando reside en el lugar de trabajo. En ambos casos, el empleador debe registrar el vínculo en AFIP, abonar los aportes mensuales, ART y respetar lo dispuesto por la ley 26.844, incluyendo licencias y feriados.

El congelamiento del piso salarial forzó a muchas familias a acordar subas de manera directa con sus empleadas. Esto generó una disparidad entre lo que establece la escala oficial y lo que realmente se paga en el mercado. Algunos empleadores reconocieron que deben ofrecer mejores condiciones para retener personal, mientras que otros redujeron las horas contratadas por dificultades económicas.

En paralelo, surgen dudas sobre cómo cumplir con las obligaciones legales sin una referencia actualizada. Por ahora, no hay fechas confirmadas para que se reúnan las autoridades de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

En los casos de contratación por día o por hora, los valores varían según la categoría. Por ejemplo, una empleada que trabaja dos veces por semana, cuatro horas por día, cobrará cerca de $17.360 semanales si realiza tareas generales con retiro. En muchos casos, cuando se negocian pagos adicionales por funciones múltiples o mayor frecuencia, los ingresos mensuales pueden superar la escala oficial.

Además de pagar los salarios, los empleadores deben cumplir con las contribuciones legales. En julio, el monto total de aportes y contribuciones para empleadas que trabajan más de 16 horas semanales fue de $13.800, lo que incluye obra social, previsión y ART. Quienes trabajan esa carga horaria también acceden a cobertura médica, licencias y vacaciones.

La ley garantiza un mínimo de 14 días de vacaciones para quienes tengan más de seis meses de antigüedad al 31 de diciembre anterior. También están contempladas licencias por enfermedad, maternidad y estudios. Ante este panorama, la regularización y el diálogo entre las partes siguen siendo claves para sostener el vínculo laboral. 

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