Analizan aumentar el límite que rige para compras en el exterior
En forma conjunta, la AFIP y Comercio trabajan para elevar el límite de 300 dolares a las compras realizadas en otros países realizando el ingreso vía aérea o marítima que, teniendo en cuenta la cotización de la moneda norteamericana al día de hoy, sería algo así como 4518 pesos.
En nuestra región es muy común ir de "Shopping" a Chile, lugar que resulta en muchos aspectos, más económico que la propia ciudad, pero una de las condiciones existentes es el límite al ingreso de bienes traídos desde el exterior, vía aérea y marítima de 300 dolares y vía terrestre de 150, tal lo conocemos por aquí, una vez superada esa cifra, se debe abonar el 50% del excedente.
El gobierno entrante, en busca de la normalización de la economía, según expresaron desde la Secretaría de Comercio al diario La Nación, y es por eso que trabajan junto con la AFIP en un proyecto para elevar el monto tope.
"El presidente nos pidió normalizar la economía. Este tema los estamos trabajando en conjunto con la AFIP desde el inicio de la gestión. Es un proyecto serio y amplio que apunta a tener una normativa similar a la de los países vecinos, que les facilite la vida a los ciudadanos y, sobre todo, a las pymes, que necesitan ingresar al país cosas pequeñas (como repuestos), pero importantes para su funcionamiento" expresaron desde esa cartera al diario de tirada nacional.
Qué dice la actual reglamentación
La AFIP explica en su página web que hoy se pueden traer al país "ropas y objetos de uso personal usados, así como libros, folletos, periódicos y otros artículos, nuevos o usados, que no tengan finalidad comercial, de cualquier origen, hasta un límite por vías aérea y marítima de US$ 300 por pasajero (US$ 150 para menores de 16 años), y por vías fluviales y terrestre de US$ 150 por pasajero (US$ 75 para menores de 16 años).
Además, esta franquicia puede utilizarse sólo una vez por mes. Y cuando se excedan estos límites, se deberá abonar un arancel equivalente al 50% del total excedido, mediante depósito bancario en una sucursal del Banco Nación -si existiere en el lugar de arribo-, o a través de tarjetas de crédito y/o débito autorizadas por la AFIP, o en efectivo en las aduanas habilitadas.
En tanto, la mercadería adquirida en el free shop del puerto o aeropuerto de llegada, tiene una franquicia adicional de US$ 300 por pasajero. "La mercadería adquirida en tiendas libres que no se encuentren en el puerto o aeropuerto de llegada será considerada dentro de la franquicia original", aclara la AFIP, que también consigna que se deben presentar las facturas de compra de las mercaderías adquiridas en el exterior que se ingresan para determinar el valor de los bienes que componen el equipaje. Caso contrario, se tomará el valor que establezca la autoridad Aduanera.Fuente: La Nación