¿La reforma laboral cambia contratos antiguos?
El Gobierno envió al Senado la reforma laboral, que hoy se trata. Alcanzará a contratos vigentes y futuros, según confirmó el oficialismo.
El envío del proyecto de reforma laboral al Senado reactivó el debate político y sindical en todo el país. La principal duda gira en torno a su alcance: si los cambios impactarán solo en los nuevos empleos o también en quienes ya tienen una relación laboral vigente.
La respuesta oficial es clara. El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, afirmó que "la reforma laboral es para todos los empleos, no para los nuevos", dejando en claro que los contratos actuales también quedarían alcanzados.
Qué pasará con indemnizaciones y despidos
Uno de los puntos más sensibles es el cálculo de la indemnización por despido. El proyecto propone excluir conceptos como aguinaldo, vacaciones y premios del monto indemnizatorio, además de permitir su pago en hasta 12 cuotas y fijar un tope de actualización.
Desde el punto de vista legal, el principio general indica que las leyes no son retroactivas. Sin embargo, en materia laboral rige otro criterio: se aplica la normativa vigente al momento del despido, aunque el contrato haya comenzado bajo reglas anteriores.
"El principio general es que las leyes se aplican hacia el futuro. Pero en el caso de una desvinculación, se aplica la norma vigente al momento del despido", explicó el abogado laboralista Marcelo Aquino.
En la misma línea, Julián Ortiz Alonso sostuvo que "existe amplia jurisprudencia respecto a que se aplica la legislación vigente al momento de la desvinculación y no la del contrato". Esto abre la puerta a posibles litigios, aunque los especialistas coinciden en que el margen para un fallo favorable al trabajador sería acotado.
Cambios en vacaciones, horas extra y período de prueba
La reforma también introduce modificaciones en la organización del trabajo. Se habilita el fraccionamiento de vacaciones en períodos semanales y se crea un banco de horas, que permitirá compensar jornadas extendidas con descanso posterior sin pagar horas extra.
"Se abre la posibilidad de pasar de horas extra a banco de horas. No obliga al cambio, pero lo habilita", señaló Aquino.
Además, el período de prueba se extendería a seis meses, con posibilidad de ampliación por convenio colectivo según el tamaño de la empresa. En paralelo, el proyecto permite el pago de salarios en moneda extranjera, mediante billeteras virtuales y con mayor margen para pagos en especie.
Contratos vigentes: qué dice la ley
El artículo 7 del Código Civil y Comercial establece que las leyes no tienen efecto retroactivo salvo disposición expresa. No obstante, en relaciones laborales, la jurisprudencia interpreta que el derecho a indemnización se consolida al momento del despido, no al inicio del vínculo.
En la práctica, esto significa que un trabajador contratado antes de la reforma podría quedar alcanzado por las nuevas reglas si es despedido luego de su entrada en vigencia.
También se prevén cambios en responsabilidad solidaria en casos de tercerización, negociación colectiva -con el fin de la ultraactividad automática- y en la regulación de trabajadores de plataformas digitales, que quedarían excluidos de la Ley de Contrato de Trabajo.
Fondo de Asistencia Laboral y blanqueo
El proyecto incorpora la creación de un Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado con una contribución patronal del 3%, destinado a cubrir contingencias por despidos. Además, contempla incentivos para el blanqueo de empleo y la simplificación de trámites mediante un nuevo organismo registral.
El alcance definitivo dependerá del debate parlamentario y de eventuales modificaciones en el Congreso. Sin embargo, el mensaje oficial es contundente: la reforma laboral no distinguirá entre contratos antiguos y nuevos. (Infobae)

